Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-3484)
BOP-2025-3484 Omisión texto Reglamento de Teletrabajo.
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ANEXO I
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA MODALIDAD NO
PRESENCIAL, MEDIANTE LA FÓRMULA DEL TELETRABAJO, EN LA DIPUTACIÓN
PROVINCIAL DE CÁCERES Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS
PREÁMBULO
Este Reglamento, por el que se regula la modalidad de prestación de servicios
en régimen de trabajo a distancia o teletrabajo en la Diputación Provincial de Cáceres
ha sido elaborado en ejercicio de su potestad reglamentaria y de auto organización,
establecida en el art. 4.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local y de conformidad con la normativa vigente.
La Diputación de Cáceres, siguiendo las directrices del Acuerdo Marco Europeo
sobre teletrabajo, convencida de las ventajas tanto para la organización, como para la
conciliación de la vida profesional con la personal y familiar, así como medida orientada
a la gestión más sostenible de los recursos y a la consecución de ahorro energético,
de transporte y de otros consumos derivados de la actividad presencial, regula por
primera vez, la prestación del servicio en la modalidad no presencial, mediante la
fórmula del Teletrabajo, por Resolución Presidencial de fecha5 de octubre de 2018.
La experiencia acumulada durante estos años en su ejecución, junto con el
contexto actual de recuperación, transformación y resiliencia, ofrecen una oportunidad
única para la introducción de cambios en las formas de organización del trabajo que
redunden en la mejora de la prestación de los servicios públicos, en el bienestar de las
empleadas y los empleados públicos, en la captación y la retención del talento, en el
cumplimiento de los objetivos
de desarrollo sostenible de la Agenda 2030 y en una Administración más abierta y
participativa.
Por ello, ante esa situación, se hace especialmente necesaria la implementación
de una norma que ordene y regule las condiciones laborales para una adecuada
prestación de servicios mediante Teletrabajo en la Diputación de Cáceres y sus OO.AA.,
sin perjuicio de cualquier otra medida de trabajo a distancia que pueda adoptarse en
situaciones de excepcionalidad y que, como la experiencia reciente ha demostrado, se
sustenta en unas circunstancias y características netamente diferentes.
CVE:
BOP-2025-3484
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 7 de julio de 2025
N.º 0127
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