Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-3484)
BOP-2025-3484 Omisión texto Reglamento de Teletrabajo.
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Hasta 12 años: 2 puntos por cada uno.
De 12 años hasta 18 años: 1 punto por cada uno.
7° Por tener uno o varios familiares que tengan reconocido un Grado II o III de
Dependencia, de los que se sea cuidador/a a efectos de la prestación económica de
cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales, siempre y cuando
no estuvieran incluidos en los supuestos anteriores: 5 puntos por cada uno.
8° Por tener uno o varios familiares que tengan reconocido un Grado II o III de
Dependencia, que sean personas usuarias del Servicio de Ayuda a Domicilio y de los
que se sea cuidador familiar en exclusiva, según certificado expedido por la Gerencia
Territorial de Servicios Sociales correspondiente a su domicilio, siempre y cuando no
estuviesen incluidos en los supuestos anteriores: 4 puntos por cada uno.
9° Por tener uno o varios familiares hasta el segundo grado que padezcan una
enfermedad grave o muy grave en situación aguda: 4 puntos por cada uno. Esta
circunstancia se acreditará mediante certificado médico.
La referencia a “hijos/as” se entiende hecha tanto a los naturales como a los
adoptivos, así como a las personas en régimen de tutela o acogimiento, tanto de la
empleada o empleado público como de su cónyuge o pareja de hecho.
La referencia a “familiares” incluye a los parientes por consanguinidad y afinidad
hasta segundo grado que convivan con la persona solicitante. Se acreditará mediante
Certificado de Convivencia.
b) Por causas de salud:
Por tener el personal empleado público reconocido un grado de dependencia,
o una discapacidad con movilidad reducida, que impida el normal
desenvolvimiento en la realización de las actividades básicas de la vida diaria, se
aplicará la siguiente escala:
1º Si la discapacidad es superior al 45% o el grado de dependencia es superior al grado
I: 5 puntos.
2º Si la discapacidad está comprendida entre el 33% y el 45% y el grado de dependencia
es I: 3 puntos.
2. En caso de igualdad en la puntuación total, se usará como criterio de desempate la
puntuación más alta obtenida en los diferentes apartados según el orden en que están
CVE:
BOP-2025-3484
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 7 de julio de 2025
N.º 0127
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