Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde del Fresno. (BOP-2025-3324)
BOP-2025-3324 Aprobación definitiva Modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, y eliminación de los mismos.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Valverde del Fresno
ANUNCIO. Aprobación definitiva Modificación de la Ordenanza fiscal reguladora
de la tasa por la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos
urbanos, y eliminación de los mismos.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Modificación
de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida de
residuos sólidos urbanos, y eliminación de los mismos, para su general conocimiento y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Y ELIMINACIÓN DE LOS MISMOS
Artículo 1. Fundamento y naturaleza.
1. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el
artículo 106 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de
conformidad con lo previsto en el artículo 20.4 s) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, este Ayuntamiento establece la " TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, Y ELIMINACIÓN DE LOS MISMOS", que
se regirá por la presente Ordenanza Fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido en el art. 57
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Artículo 2. Hecho imponible.
1. Constituye el hecho imponible de la Tasa la prestación del servicio de recogida de basuras
domiciliarias y residuos sólidos urbanos de viviendas, alojamientos y locales o establecimientos
donde se ejercen actividades industriales, comerciales, profesionales, artísticas y de servicios.
CVE:
BOP-2025-3324
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 30 de junio de 2025
N.º 0122
Pág. 15431
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Valverde del Fresno
ANUNCIO. Aprobación definitiva Modificación de la Ordenanza fiscal reguladora
de la tasa por la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos
urbanos, y eliminación de los mismos.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Modificación
de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida de
residuos sólidos urbanos, y eliminación de los mismos, para su general conocimiento y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Y ELIMINACIÓN DE LOS MISMOS
Artículo 1. Fundamento y naturaleza.
1. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el
artículo 106 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de
conformidad con lo previsto en el artículo 20.4 s) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, este Ayuntamiento establece la " TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, Y ELIMINACIÓN DE LOS MISMOS", que
se regirá por la presente Ordenanza Fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido en el art. 57
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Artículo 2. Hecho imponible.
1. Constituye el hecho imponible de la Tasa la prestación del servicio de recogida de basuras
domiciliarias y residuos sólidos urbanos de viviendas, alojamientos y locales o establecimientos
donde se ejercen actividades industriales, comerciales, profesionales, artísticas y de servicios.
CVE:
BOP-2025-3324
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 30 de junio de 2025
N.º 0122
Pág. 15431