Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2025-3278)
BOP-2025-3278 Convocatoria Premios Torneo de Fútbol Sala Masculino y Femenino.
24 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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La inscripción será de 60 euros por equipo y se deberá realizar el abono en el número de
cuenta ES49-0049-5056-3721-1003-0032, presentando justificante de abono en el momento de
presentación de la inscripción.
El plazo de inscripción será desde el Lunes 30 de junio al JUEVES 10 de julio de 2025.
MODALIDAD MASCULINA: Se aceptarán un máximo de 16 equipos y un mínimo de 6 equipos.
Si el número de equipos inscritos es inferior a 10 equipos, el premio se reducirá a razón de 100
€ por equipo que no se inscriba.
MODALIDAD FEMENINA: Se aceptarán un máximo de 16 equipos y un mínimo de 6 equipos.
Si el número de equipos inscritos es inferior a 10 equipos, el premio se reducirá a razón de 100
€ por equipo que no se inscriba.
5.2.- Planteamiento.
La competición está dividida en dos fases. En la primera, los equipos participantes se
encuadrarán por sorteo en varios GRUPOS.
Teniendo en cuenta el número de equipos inscritos, la organización del torneo organizará la
competición.
Además de lo anterior, los participantes deberán:
- Los/as participantes habrán de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias
y con la Seguridad Social, y con el Ayuntamiento de Alcuéscar.
- No podrán hallarse incursos en ninguna de las causas que impiden obtener la
condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 14
de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estar al corriente de
pago por reintegro de subvenciones.
Obligaciones de los beneficiarios.- Las obligaciones de los beneficiarios son las siguientes:
a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el
comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
b) Justificar ante el órgano concedente o la Entidad colaboradora, en su caso, el
cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el
cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
CVE:
BOP-2025-3278
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de junio de 2025
N.º 0121
Pág. 15206
cuenta ES49-0049-5056-3721-1003-0032, presentando justificante de abono en el momento de
presentación de la inscripción.
El plazo de inscripción será desde el Lunes 30 de junio al JUEVES 10 de julio de 2025.
MODALIDAD MASCULINA: Se aceptarán un máximo de 16 equipos y un mínimo de 6 equipos.
Si el número de equipos inscritos es inferior a 10 equipos, el premio se reducirá a razón de 100
€ por equipo que no se inscriba.
MODALIDAD FEMENINA: Se aceptarán un máximo de 16 equipos y un mínimo de 6 equipos.
Si el número de equipos inscritos es inferior a 10 equipos, el premio se reducirá a razón de 100
€ por equipo que no se inscriba.
5.2.- Planteamiento.
La competición está dividida en dos fases. En la primera, los equipos participantes se
encuadrarán por sorteo en varios GRUPOS.
Teniendo en cuenta el número de equipos inscritos, la organización del torneo organizará la
competición.
Además de lo anterior, los participantes deberán:
- Los/as participantes habrán de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias
y con la Seguridad Social, y con el Ayuntamiento de Alcuéscar.
- No podrán hallarse incursos en ninguna de las causas que impiden obtener la
condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 14
de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estar al corriente de
pago por reintegro de subvenciones.
Obligaciones de los beneficiarios.- Las obligaciones de los beneficiarios son las siguientes:
a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el
comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
b) Justificar ante el órgano concedente o la Entidad colaboradora, en su caso, el
cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el
cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
CVE:
BOP-2025-3278
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de junio de 2025
N.º 0121
Pág. 15206