Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2025-3278)
BOP-2025-3278 Convocatoria Premios Torneo de Fútbol Sala Masculino y Femenino.
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c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o
la Entidad colaboradora, en su caso, así con cualesquiera otras de comprobación y
control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto
nacionales como comunitarios aportando cuanta información le sea requerida en el
ejercicio de las actuaciones anteriores.
d) Comunicar al órgano concedente o a la Entidad colaboradora la obtención de otras
subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades
subvencionadas.
Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con
anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
e) Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, que se halla al
corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad
Social, en todo caso, se podrá acreditar al Ayuntamiento a obtener dichos datos.
f) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos
debidamente auditados, en los términos exigidos por la Legislación mercantil y sectorial,
aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros
específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la
finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y
control.
g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fonos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de
comprobación y control.
h) Dar la adecuada publicidad de carácter público de la financiación de programas,
actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención,
en los términos reglamentariamente establecidos.
i) Si se estuviera en curso de alguna de las causas de reintegro, se deberá proceder al
reintegro de la cuantía recibida.
6. Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento.
Establece el artículo 7 el procedimiento de concesión en Régimen de Concurrencia
Competitiva.
CVE:
BOP-2025-3278
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de junio de 2025
N.º 0121
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