Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Gata. (BOP-2025-3148)
BOP-2025-3148 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Báscula Municipal.
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ARTÍCULO 3. Sujetos Pasivos.
Son sujetos pasivos de esta tasa, todas las personas físicas y jurídicas, así como las Entidades
a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que
se beneficien del servicio de pesaje automático en la báscula municipal pública.
ARTÍCULO 4. Responsables.
Responderán de la deuda tributaria los/as deudores/as principales junto a otras personas o
entidades. A estos efectos se considerarán deudores/as principales los/as obligados/as
tributarios/as del artículo 35.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Salvo precepto legal expreso en contrario, la responsabilidad será siempre subsidiaria.
Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del/a sujeto pasivo las personas
físicas y jurídicas a que se refieren el artículo 42 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria.
En relación a la responsabilidad solidaria y subsidiaria de la deuda tributaria se estará a lo
establecido, respectivamente, en los artículos 42 y 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria.
ARTÍCULO 5. Cuota Tributaria.
Se establece en un euro (1,00 euro) la tasa por cada pesaje a realizar en la báscula.
Una vez pagada la referida cantidad se hará entrega al/a interesado/a de una ficha para poder
hacer uso de la báscula municipal.
Por cada pesada se entregará un ticket con el peso que arroje, bien la tara del vehículo sin
mercancía, bien el pesaje una vez cargada la misma. Los justificantes de pesada serán
entregados por el sistema automático instalado en la báscula.
ARTÍCULO 6. Exenciones y Bonificaciones.
No se concederá bonificación alguna de los importes de las cuotas tributarias.
ARTÍCULO 7. Devengo.
Nace la obligación de contribuir cuando se inicie la prestación del servicio.
CVE:
BOP-2025-3148
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de junio de 2025
N.º 0116
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