Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-3080)
BOP-2025-3080 Delegación de competencias en un/a Diputado/a.
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1.- El impulso y dirección política de la gestión de las materias enunciadas (cultura, educación,
deportes, turismo, reto demográfico, desarrollo sostenible, igualdad, política social, memoria
histórica, así como el C.E.I. “Presidenta Charo Cordero”), así como la responsabilidad política
sobre el personal asignado a los correspondientes servicios y unidades administrativas.
2.- La aprobación de todos los expedientes de gastos (y cuantos otros actos administrativos
fueren necesarios) relativos tanto a subvenciones tramitadas por las unidades administrativas
adscritas a esta “Vicepresidencia primera, de Territorio, Igualdad y Cultura”, como a los
certámenes, premios de actividades culturales y deportivas, y aportaciones, que estén dentro
de los créditos gestionados por esta Vicepresidencia primera.
Aclaración primera: esta delegación de competencias comprende también las resoluciones
relativas a nombramientos y a la aprobación de indemnizaciones a jurados, comités u otros
órganos colegiados relacionados con las actividades incluidas en estas delegaciones.
3.- La firma de comunicaciones a los usuarios de las condiciones fijadas para el servicio de
teleasistencia y a las que debe sujetarse dicho servicio según la resolución de concesión.
4.- Se delega la competencia para la tramitación de los expedientes de reintegros y la
declaración de pérdida del derecho de cobro de las aportaciones, subvenciones y/o planes
gestionados por esta vicepresidencia primera.
SEGUNDO.- La Vicepresidencia segunda se denominará “de Hacienda y Administración
General”, y comprenderá las materias relativas a: hacienda, gabinete jurídico, asistencia a
entidades locales, personal, SEPEI, formación, Parque Móvil, Prevención Riesgos Laborales,
OARGT, informática e innovación (resolución presidencial de fecha 05 de diciembre de 2023).
Se delegan en la “Vicepresidencia segunda, de Hacienda y Administración General”, ejercida
por doña Isabel Ruiz Correyero (nombramiento como vicepresidenta segunda por resolución de
1 de julio de 2023) las siguientes competencias:
1.- En materia de contabilidad (documentos contables):
a) Contabilidad de gastos: la suscripción como firma autorizada de los documentos contables
que prescribe la vigente Instrucción de Contabilidad de las Corporaciones Locales (ICAL o
disposición normativa que legalmente le sustituya), relativos a las distintas fases de ejecución
del Gasto y en general todos los documentos contables que se registren:
Autorización del gasto (Fase “A”).
Disposición o compromiso del gasto (Fase “D”).
CVE:
BOP-2025-3080
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de junio de 2025
N.º 0114
Pág. 14387
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1.- El impulso y dirección política de la gestión de las materias enunciadas (cultura, educación,
deportes, turismo, reto demográfico, desarrollo sostenible, igualdad, política social, memoria
histórica, así como el C.E.I. “Presidenta Charo Cordero”), así como la responsabilidad política
sobre el personal asignado a los correspondientes servicios y unidades administrativas.
2.- La aprobación de todos los expedientes de gastos (y cuantos otros actos administrativos
fueren necesarios) relativos tanto a subvenciones tramitadas por las unidades administrativas
adscritas a esta “Vicepresidencia primera, de Territorio, Igualdad y Cultura”, como a los
certámenes, premios de actividades culturales y deportivas, y aportaciones, que estén dentro
de los créditos gestionados por esta Vicepresidencia primera.
Aclaración primera: esta delegación de competencias comprende también las resoluciones
relativas a nombramientos y a la aprobación de indemnizaciones a jurados, comités u otros
órganos colegiados relacionados con las actividades incluidas en estas delegaciones.
3.- La firma de comunicaciones a los usuarios de las condiciones fijadas para el servicio de
teleasistencia y a las que debe sujetarse dicho servicio según la resolución de concesión.
4.- Se delega la competencia para la tramitación de los expedientes de reintegros y la
declaración de pérdida del derecho de cobro de las aportaciones, subvenciones y/o planes
gestionados por esta vicepresidencia primera.
SEGUNDO.- La Vicepresidencia segunda se denominará “de Hacienda y Administración
General”, y comprenderá las materias relativas a: hacienda, gabinete jurídico, asistencia a
entidades locales, personal, SEPEI, formación, Parque Móvil, Prevención Riesgos Laborales,
OARGT, informática e innovación (resolución presidencial de fecha 05 de diciembre de 2023).
Se delegan en la “Vicepresidencia segunda, de Hacienda y Administración General”, ejercida
por doña Isabel Ruiz Correyero (nombramiento como vicepresidenta segunda por resolución de
1 de julio de 2023) las siguientes competencias:
1.- En materia de contabilidad (documentos contables):
a) Contabilidad de gastos: la suscripción como firma autorizada de los documentos contables
que prescribe la vigente Instrucción de Contabilidad de las Corporaciones Locales (ICAL o
disposición normativa que legalmente le sustituya), relativos a las distintas fases de ejecución
del Gasto y en general todos los documentos contables que se registren:
Autorización del gasto (Fase “A”).
Disposición o compromiso del gasto (Fase “D”).
CVE:
BOP-2025-3080
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de junio de 2025
N.º 0114
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