Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salorino. (BOP-2025-2847)
BOP-2025-2847 Bases reguladoras que regirán las ayudas para garantizar el derecho al acceso de suministros mínimos vitales para el año 2025.
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AYUNTAMIENTO DE SALORINO
ARTÍCULO 4. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
1. El Plazo de presentación de las solicitudes, se iniciará al día siguiente de la publicación del extracto de la
convocatoria en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de la localidad y finalizará el 28 de noviembre de 2025,
o cuando se agote el crédito presupuestario.
2. Todas las solicitudes de ayudas que reúnan los requisitos establecidos serán resueltas favorablemente hasta
el agotamiento de los fondos destinados a las ayudas para suministros mínimos vitales.
Si se agotaran dichos fondos, las solicitudes se denegarán por no existir crédito presupuestario disponible y
suficiente.
No obstante, de producirse el agotamiento del crédito presupuestario y no procederse a efectuar
modificaciones del crédito o no existir nuevas disponibilidades presupuestarias, se podrá declarar terminado el
periodo de vigencia de la convocatoria mediante resolución del alcalde, con la consiguiente inadmisión de las
solicitudes presentadas con posterioridad a esa resolución.
ARTÍCULO 5. ORDENACIÓN, INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO.
1. El procedimiento se iniciará, a solicitud del/a interesado/a, mediante Impreso, debidamente firmado y
cumplimentado, según modelo que se adjunta a la presente convocatoria como ANEXO I. Las instancias se
dirigirán al Ayuntamiento de Salorino y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, así como en
las demás formas previstas en el artículo 16.4de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. A la solicitud deberá acompañarse la documentación indicada en las presentes bases reguladoras.
3. Asimismo, deberá constar en el expediente el certificado actualizado de empadronamiento colectivo y la
antigüedad de inscripción de la persona solicitante en el padrón municipal, que será recabado de oficio por el
Ayuntamiento, salvo que de los datos obrantes en su padrón no pueda acreditarse la antigüedad de inscripción
requerida, en cuyo caso deberá aportarse por la persona solicitante.
4. Una vez recibida la solicitud, el SSASB realizará cuantas actuaciones estime necesarias para la
comprobación del cumplimiento de los requisitos. Si ésta presenta defectos o resultara incompleta, se requerirá
al/a interesado/a para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o acompañe la documentación que
se determine, quedando en suspenso el plazo máximo para resolver hasta que aporte la documentación
requerida y con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido/a de su solicitud, previa
resolución expresa del órgano competente, que será dictada en los términos establecidos en el artículo 21 de la
Ley 39/2015,de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Todas las solicitudes de ayudas que reúnan los requisitos establecidos serán resueltas favorablemente hasta el
agotamiento de los fondos destinados a las ayudas para suministros mínimos vitales.
Si se agotaran dichos fondos, las solicitudes se denegarán por no existir crédito presupuestario disponible y
suficiente.
5. Durante la tramitación de los expedientes, los/as solicitantes deberán comunicar, de forma inmediata y, en
todo caso en el plazo máximo de 10 días hábiles, cualquier variación en los requisitos exigidos o en las
circunstancias de la unidad de convivencia que pudiera modificar el sentido de la resolución o el importe de la
ayuda, así como permitir y facilitar la actuación de los Servicios Sociales y del personal del órgano concedente
para evaluar su situación.
6. Completado el expediente, el Servicio Social de Atención Social Básica emitirá la correspondiente propuesta
de resolución.
Cód.
Validación:
9FFL6CNMXWLK4KNNTQN76AELG
Verificación:
https://salorino.sedelectronica.es/
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Jueves, 5 de junio de 2025
N.º 0105
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