Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2025-2759)
BOP-2025-2759 Ordenanza Reguladora del Precio Público para Stands y Espacios de la Feria Rayana.
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Ayuntamiento de la Villa de
MORALEJA (Cáceres)
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO PARA
STANDS Y ESPACIOS DE LA FERIA RAYANA.
Artículo 1. Fundamento y Régimen Jurídico.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 149, en relación con el artículo 41,
ambos del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (en adelante
TRLRHL), la presente Ordenanza tiene por objeto regular el régimen jurídico y
establecer y ordenar precios públicos correspondiente a los stands y espacios para la
Feria Rayana promovida por el Ayuntamiento de Moraleja, que se regularán por lo
dispuesto en la presente normativa y en los artículos 41 a 47 del citado Texto Refundido
y por la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.
Artículo 2. Cuantía.
La cuantía de los precios públicos regulados en esta Ordenanza será la fijada en
las tarifas contenidas en el artículo siguiente, para cada uno de los servicios o
actividades prestadas en la Feria.
Los precios públicos regulados en la presente normativa no incluyen el Impuesto
del Valor Añadido. En aquellos supuestos en que dicho impuesto o cualquier otro les
sea de aplicación según la legislación en vigor, se verán incrementados con las
cantidades correspondientes al importe del impuesto vigente en cada momento.
Artículo 3. Tarifas.
Stands de esquina: 300,00 + IVA
Stands laterales: 250,00 € + IVA
Espacio en Zona maquinaria y vehículos exposición 4,00 + IVA el m2 €
Artículo 4. Obligaciones al pago.
Están obligados al pago de los precios públicos regulados en esta Ordenanza las
personas físicas y jurídicas que voluntariamente participen como expositores de la Feria.
Artículo 5. Devengo.
La obligación de pago de los precios públicos nace en el momento de presentar
la solicitud de participación en la Feria especificados en la presente Ordenanza
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Cód.
Validación:
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Verificación:
https://moraleja.sedelectronica.es/
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firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2025-2759
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 3 de junio de 2025
N.º 0103
Pág. 13206
MORALEJA (Cáceres)
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO PARA
STANDS Y ESPACIOS DE LA FERIA RAYANA.
Artículo 1. Fundamento y Régimen Jurídico.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 149, en relación con el artículo 41,
ambos del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (en adelante
TRLRHL), la presente Ordenanza tiene por objeto regular el régimen jurídico y
establecer y ordenar precios públicos correspondiente a los stands y espacios para la
Feria Rayana promovida por el Ayuntamiento de Moraleja, que se regularán por lo
dispuesto en la presente normativa y en los artículos 41 a 47 del citado Texto Refundido
y por la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.
Artículo 2. Cuantía.
La cuantía de los precios públicos regulados en esta Ordenanza será la fijada en
las tarifas contenidas en el artículo siguiente, para cada uno de los servicios o
actividades prestadas en la Feria.
Los precios públicos regulados en la presente normativa no incluyen el Impuesto
del Valor Añadido. En aquellos supuestos en que dicho impuesto o cualquier otro les
sea de aplicación según la legislación en vigor, se verán incrementados con las
cantidades correspondientes al importe del impuesto vigente en cada momento.
Artículo 3. Tarifas.
Stands de esquina: 300,00 + IVA
Stands laterales: 250,00 € + IVA
Espacio en Zona maquinaria y vehículos exposición 4,00 + IVA el m2 €
Artículo 4. Obligaciones al pago.
Están obligados al pago de los precios públicos regulados en esta Ordenanza las
personas físicas y jurídicas que voluntariamente participen como expositores de la Feria.
Artículo 5. Devengo.
La obligación de pago de los precios públicos nace en el momento de presentar
la solicitud de participación en la Feria especificados en la presente Ordenanza
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