Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremocha. (BOP-2025-2728)
BOP-2025-2728 Concesión administrativa de uso privativo del bar-cafetería del hogar de mayores.
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AYUNTAMIENTO DE TORREMOCHA (Cáceres)
C.I.F.: P-1019600-D · Plaza Mayor, 3 · Teléfono: 927 12 70 01 · Fax: 927 12 72 84 · C.P.: 10184 · E-mail: Ayuntamiento@torremocha.es
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7. Gastos de mantenimiento, conservación o mejora de instalaciones:
Serán de cuenta del contratista los gastos de mantenimiento y reparación ocasionados por el uso
ordinario de las instalaciones, material fungible y maquinaria.
También se asumirán por el contratista los gastos derivados del consumo eléctrico del local, gas,
así como el agua y la basura, etc.
A tal efecto, dentro de los diez días siguientes a la formalización del contrato, el contratista habrá
de facilitar al Excmo. Ayuntamiento de Torremocha una cuenta bancaria de su titularidad y
cuanta documentación fuese precisa a los efectos de domiciliación de los recibos de suministro
eléctrico.
Si durante la vigencia del contrato el contratista estimase necesarias obras de mejora en las
instalaciones, solicitará permiso expreso del Ayuntamiento para llevarlas a cabo. Las obras y
trabajos de reparación o reposición precisos a tal efecto, serán de cuenta del contratista. No
obstante, en función de la entidad y oportunidad de las mismas, el Ayuntamiento podrá, previo
informe de valoración técnica, compensar su importe con el canon anual correspondiente.
Cuando finalice el contrato, las instalaciones o mejoras fijas que en su día hiciere el contratista
revertirán al Ayuntamiento, debiendo ser entregadas en buen estado de conservación.
Tres meses antes de finalizar el contrato, el Ayuntamiento designará los técnicos para
inspeccionar el estado en que se encuentran las instalaciones ordenando, a la vista de los
resultados de la inspección técnica, la ejecución de las obras y trabajos de reparación o reposición
que se estimen necesarios para para mantener aquellas en las condiciones idóneas; estos trabajos
de reparación o reposición serán de cuenta del contratista.
8. Capacidad para concurrir:
Podrán optar a la adjudicación del presente contrato, las personas naturales o jurídicas españolas
o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad
de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar
con la Administración establecidas en el artículo 71 de la LCSP y que acrediten su solvencia
económica, financiera y técnica de conformidad con lo establecido en el apartado 9 del presente
pliego.
Si la empresa fuese persona jurídica, o UTE deberá presentar la escritura o documento de
constitución, los estatutos o acto fundacional en los que conste las normas por las que se regula
su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el
tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Código de Identificación Fiscal.
Si se trata de empresario individual, se presentará copia del D.N.I.
Cód.
Validación:
6D2CT9J74NT6A9HZLW5LHFQL2
Verificación:
https://torremocha.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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Verificable
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Lunes, 2 de junio de 2025
N.º 0102
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