Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2025-2721)
BOP-2025-2721 Aprobación definitiva de las Bases para la concesión de Ayudas Extraordinarias de Apoyo Social para Contingencias.
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constar en el informe social el origen y destino del desplazamiento y la duración del
tratamiento. Asimismo, en caso de alojamiento para recibir tratamiento, deberá aportarse
factura o presupuesto acreditativo del periodo e importe del alojamiento.
o) En caso de solicitar la ayuda para gastos destinados a atender una carencia crítica,
documentación fehaciente acreditativa de los gastos o de la necesidad de su realización.
p) En caso de gastos de endeudamiento previo, factura/s o recibos acreditativos de los
mismos, emitidos por la persona física o jurídica, entidad o administración acreedora.
q) Otros documentos que puedan ser requeridos por el SSASB: justificante bancario del
préstamo hipotecario; contrato alquiler, recibos pagados y/o declaración del propietario/a
o cesionario/a de la vivienda… etc).
La documentación a aportar deberá ser original o fotocopia (devolviéndose en este último
caso el original a su titular). La documentación que obre en poder de la Administración, no deberá
ser aportada por los solicitantes, incorporándose de oficio a sus correspondientes solicitudes y
expedientes.
OCTAVA.-FORMA DE PAGO Y JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA.
1. El abono de la ayuda por la entidad local a la persona beneficiaria se podrá realizar a través de
un pago único o en pagos fraccionados, tanto como anticipo como previa justificación del gasto.
2. La acreditación del gasto y pago realizados se efectuará mediante los originales o las copias de
las facturas, en la que se incluirán los datos básicos de la persona física o jurídica emisora, incluido
el Número de Identificación Fiscal (NIF) o del DNI/NIE, el detalle de los conceptos de gasto y la
cuantía correspondiente de los mismos y, en su caso, la parte correspondiente al Impuesto sobre
el Valor Añadido. La factura deberá contener el sello o cualquier signo distintivo acreditativo del
pago.
Con carácter excepcional, en el caso de que no pudiera presentarse la factura correspondiente,
podrá sustituirse por cualquier otro justificante acreditativo del gasto y del pago realizado con
validez en el tráfico mercantil, justificantes bancarios o recibos donde consten los extremos
señalados en los párrafos precedentes.
3. Las personas beneficiarias de las ayudas deberán justificar en el plazo establecido por la
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Plaza Mayor, núm. 30 Teléfono 927275003 – Fax 927276174
10910 MALPARTIDA DE CÁCERES (CÁCERES)
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Lunes, 2 de junio de 2025
N.º 0102
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