Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2025-2720)
BOP-2025-2720 Aprobación definitiva de las Bases para la concesión de Ayudas para Suministros Mínimos Vitales de las Unidades de Convivencia.
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5.- Todos los requisitos deberán concurrir en el momento de presentación de la solicitud de
la ayuda y durante la percepción de la misma.
6.- La concesión de la ayuda para suministros mínimos vitales será compatible con la
percepción de otras prestaciones, subvenciones o ayudas públicas o privadas que tengan la
misma finalidad, siempre que el importe total abonado, individualmente o en concurrencia
con las otras prestaciones, subvenciones o ayudas, no supere el gasto facturado.
7.- Se entenderá como persona beneficiaria de la ayuda a todos los miembros de la unidad de
convivencia, si bien solo, podrá ser reconocida a favor de la persona solicitante miembro de
dicha unidad.
8.- Se entiende por vivienda habitual aquella que constituya la residencia de la unidad de
convivencia y sea coincidente con el domicilio al que se refiere la facturación del suministro,
independientemente del título en virtud del cual se habite la misma, siempre que quede
acreditada la legalidad de dicho título.
TERCERA. -GASTOS ESPECÍFICOS A CUBRIR POR LAS AYUDAS DE SUMINISTROS
MINIMOS VITALES Y CUANTÍA MÁXIMA.
1.- Podrán financiarse con cargo a este Programa las ayudas concedidas para el pago de los
siguientes gastos:
a) Gastos de energía eléctrica y gas natural y propano, incluyendo la potencia contratada, la
energía consumida, el alquiler de equipos de medida y control, en su caso, y los impuestos
directos e indirectos que graven los conceptos anteriores, así como cualquier otro
concepto facturado relativo al suministro.
b) Gastos de agua potable, incluyendo la cuota de servicio, el suministro de agua potable y las
tasas, cánones e impuestos directos e indirectos que graven los conceptos anteriores, así
como cualquier otro concepto facturado relativo al suministro de agua potable, incluyendo
alcantarillado y la basura si constan en la misma factura.
c) Gastos de alta y reconexión en caso de interrupción por impago del suministro de energía
eléctrica, gas natural, gas propano y agua potable.
d) Gas butano.
La cuantía de la ayuda por todos los conceptos no podrá exceder de los importes por anualidad
y unidad de convivencia que se establecen a continuación:
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Plaza Mayor, núm. 30 Teléfono 927275003 – Fax 927276174
10910 MALPARTIDA DE CÁCERES (CÁCERES)
alcaldía@malpartidadecaceres.es – administracion@malpartidadecaceres.es – ayuntamiento@malpartidadecaceres.es
www.malpartidadecaceres.es
Cód.
Validación:
7P5MYAXNWLAPQ9JCLLJG5PSP3
Verificación:
https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es/
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Lunes, 2 de junio de 2025
N.º 0102
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