Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Sierra de Montánchez. (BOP-2025-2705)
BOP-2025-2705 Bases Reguladoras del Programa de Colaboración Económica Municipal del Servicio Respiro Familiar a personas cuidadoras habituales no profesionales 2025.
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Sección I - Administración Local
Mancomunidades
Mancomunidad Integral Sierra de Montánchez
ANUNCIO. Bases Reguladoras del Programa de Colaboración Económica
Municipal del Servicio Respiro Familiar a personas cuidadoras habituales no
profesionales 2025.
DON JUAN RODRÍGUEZ BOTE, Presidente de la Mancomunidad Integral Sierra de
Montánchez, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 7/1985, de 8 de abril, Reguladora
de las Bases de Régimen Local, resuelve aprobar la siguientes,
BASES REGULADORAS DEL PROGRAMA DE COLABORACIÓN ECONÓMICA MUNICIPAL
DEL SERVICIO RESPIRO FAMILIAR A PERSONAS CUIDADORAS HABITUALES NO
PROFESIONALES 2025
El objeto de la presente Resolución es aprobar la Convocatoria de Ayudas Económicas para el
Programa de Colaboración Económica Municipal del Servicio Respiro Familiar a personas
cuidadoras habituales no profesionales en entidades locales de Extremadura 2025, que
establece las condiciones de gestión y ejecución presupuestaria, conforme a lo previsto en el
artículo 46 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal de
Extremadura (LGAMEX) y aprobar la distribución de fondos del mismo de conformidad con el
Acuerdo de 8 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el
que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal del servicio respiro familiar
a personas cuidadoras habituales no profesionales en entidades locales de Extremadura 2025.
El Programa de Colaboración económica municipal del Servicio Respiro Familiar va dirigido a
las personas cuidadoras habituales no profesionales residentes en los municipios de la
Mancomunidad integral Sierra de Montánchez que cumplan los requisitos previstos en este
decreto.
Articulo 2.- Finalidad del Programa de Colaboración Económica Municipal del Servicio Respiro
Familiar a personas cuidadoras habituales no profesionales:
La finalidad del Programa de Colaboración Económica Municipal para el Servicio Respiro
Familiar, es financiar ayudas económicas destinadas a favorecer la conciliación de la vida
CVE:
BOP-2025-2705
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de mayo de 2025
N.º 0101
Pág. 12885
Mancomunidades
Mancomunidad Integral Sierra de Montánchez
ANUNCIO. Bases Reguladoras del Programa de Colaboración Económica
Municipal del Servicio Respiro Familiar a personas cuidadoras habituales no
profesionales 2025.
DON JUAN RODRÍGUEZ BOTE, Presidente de la Mancomunidad Integral Sierra de
Montánchez, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 7/1985, de 8 de abril, Reguladora
de las Bases de Régimen Local, resuelve aprobar la siguientes,
BASES REGULADORAS DEL PROGRAMA DE COLABORACIÓN ECONÓMICA MUNICIPAL
DEL SERVICIO RESPIRO FAMILIAR A PERSONAS CUIDADORAS HABITUALES NO
PROFESIONALES 2025
El objeto de la presente Resolución es aprobar la Convocatoria de Ayudas Económicas para el
Programa de Colaboración Económica Municipal del Servicio Respiro Familiar a personas
cuidadoras habituales no profesionales en entidades locales de Extremadura 2025, que
establece las condiciones de gestión y ejecución presupuestaria, conforme a lo previsto en el
artículo 46 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal de
Extremadura (LGAMEX) y aprobar la distribución de fondos del mismo de conformidad con el
Acuerdo de 8 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el
que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal del servicio respiro familiar
a personas cuidadoras habituales no profesionales en entidades locales de Extremadura 2025.
El Programa de Colaboración económica municipal del Servicio Respiro Familiar va dirigido a
las personas cuidadoras habituales no profesionales residentes en los municipios de la
Mancomunidad integral Sierra de Montánchez que cumplan los requisitos previstos en este
decreto.
Articulo 2.- Finalidad del Programa de Colaboración Económica Municipal del Servicio Respiro
Familiar a personas cuidadoras habituales no profesionales:
La finalidad del Programa de Colaboración Económica Municipal para el Servicio Respiro
Familiar, es financiar ayudas económicas destinadas a favorecer la conciliación de la vida
CVE:
BOP-2025-2705
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de mayo de 2025
N.º 0101
Pág. 12885