Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2025-2688)
BOP-2025-2688 Aprobación inicial de la Ordenanza Reguladora de las de las tarifas de la Piscina Municipal.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Hervás
ARTÍCULO 4. OBLIGACIÓN DE PAGO
Las tarifas se abonarán en el momento de acceder a las instalaciones municipales a la
persona concesionaria de la piscina municipal de Hervás.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.
La presente Ordenanza entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres, y comenzará a aplicarse a partir del día 1 de junio de 2025,
permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.
En lo no previsto en esta ordenanza se estará a lo dispuesto en el artículo 20.6 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en el artículo 289 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y
2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Ayuntamiento de Hervás
Plza. González Fiori, 6, Hervás. 10700 (Cáceres). Tfno. 927481002. Fax: 927473156
Cód.
Validación:
95C9P944E7S6ZN7Z479XYEN9Y
Verificación:
https://hervas.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
2
de
2
CVE:
BOP-2025-2688
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de mayo de 2025
N.º 0101
Pág. 12808
ARTÍCULO 4. OBLIGACIÓN DE PAGO
Las tarifas se abonarán en el momento de acceder a las instalaciones municipales a la
persona concesionaria de la piscina municipal de Hervás.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.
La presente Ordenanza entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres, y comenzará a aplicarse a partir del día 1 de junio de 2025,
permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.
En lo no previsto en esta ordenanza se estará a lo dispuesto en el artículo 20.6 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en el artículo 289 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y
2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Ayuntamiento de Hervás
Plza. González Fiori, 6, Hervás. 10700 (Cáceres). Tfno. 927481002. Fax: 927473156
Cód.
Validación:
95C9P944E7S6ZN7Z479XYEN9Y
Verificación:
https://hervas.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
2
de
2
CVE:
BOP-2025-2688
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de mayo de 2025
N.º 0101
Pág. 12808