Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2025-2688)
BOP-2025-2688 Aprobación inicial de la Ordenanza Reguladora de las de las tarifas de la Piscina Municipal.
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Ayuntamiento de Hervás
ORDENANZA REGULADORA DE LAS TARIFAS (ENTRADAS Y ABONOS) DE LA
PISCINA MUNICIPAL DE HERVÁS
ARTÍCULO 1. OBJETO
De conformidad con lo previsto en el artículo 20.6 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de
5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales y 289 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014,
este Ayuntamiento aprueba las tarifas (entradas y abonos) a satisfacer al concesionario
por el acceso y la utilización de la piscina municipal de Hervás durante las temporadas
2025, 2026 y 2027.
ARTÍCULO 2. USUARIOS
Están obligados al pago de las tarifas reguladas en esta Ordenanza quienes accedan a las
instalaciones de la piscina municipal de Hervás a que se refiere el artículo 1º.
ARTÍCULO 3. TARIFAS
Las cuantías de las tarifas para las temporadas de baño 2025, 2026 y 2027 serán las
siguientes:
ENTRADA
DIARIA
ABONO DE 15
BAÑOS
ABONO DE 30
BAÑOS
NIÑOS DE 3 A 14 AÑOS 2,00 € 28,00 € 54,00 €
ADULTOS 2,50 € 35,00 € 67,50 €
JUBILADOS* Y MAYORES DE 65 AÑOS 2,00 € 28,00 € 54,00 €
*Para acreditar que la persona está jubilada deberá presentar el carnet o certificado
gratuito emitido por la Seguridad Social que en el que se acredite que se está percibiendo
una pensión de jubilación.
Ayuntamiento de Hervás
Plza. González Fiori, 6, Hervás. 10700 (Cáceres). Tfno. 927481002. Fax: 927473156
Cód.
Validación:
95C9P944E7S6ZN7Z479XYEN9Y
Verificación:
https://hervas.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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Jueves, 29 de mayo de 2025
N.º 0101
Pág. 12807
ORDENANZA REGULADORA DE LAS TARIFAS (ENTRADAS Y ABONOS) DE LA
PISCINA MUNICIPAL DE HERVÁS
ARTÍCULO 1. OBJETO
De conformidad con lo previsto en el artículo 20.6 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de
5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales y 289 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014,
este Ayuntamiento aprueba las tarifas (entradas y abonos) a satisfacer al concesionario
por el acceso y la utilización de la piscina municipal de Hervás durante las temporadas
2025, 2026 y 2027.
ARTÍCULO 2. USUARIOS
Están obligados al pago de las tarifas reguladas en esta Ordenanza quienes accedan a las
instalaciones de la piscina municipal de Hervás a que se refiere el artículo 1º.
ARTÍCULO 3. TARIFAS
Las cuantías de las tarifas para las temporadas de baño 2025, 2026 y 2027 serán las
siguientes:
ENTRADA
DIARIA
ABONO DE 15
BAÑOS
ABONO DE 30
BAÑOS
NIÑOS DE 3 A 14 AÑOS 2,00 € 28,00 € 54,00 €
ADULTOS 2,50 € 35,00 € 67,50 €
JUBILADOS* Y MAYORES DE 65 AÑOS 2,00 € 28,00 € 54,00 €
*Para acreditar que la persona está jubilada deberá presentar el carnet o certificado
gratuito emitido por la Seguridad Social que en el que se acredite que se está percibiendo
una pensión de jubilación.
Ayuntamiento de Hervás
Plza. González Fiori, 6, Hervás. 10700 (Cáceres). Tfno. 927481002. Fax: 927473156
Cód.
Validación:
95C9P944E7S6ZN7Z479XYEN9Y
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