Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2025-2678)
BOP-2025-2678 Convocatoria de las Ayudas Extraordinarias de Apoyo Social de Contingencias año 2025.
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en dicho Decreto 110/2021, podrán ser beneficiarias de las ayudas extraordinarias de apoyo
social para contingencias las personas que cumplan los siguientes requisitos generales, que
deberán concurrir en el momento de la solicitud de la ayuda y mantenerse hasta que se dicte la
resolución correspondiente:
a. Ser mayores de edad o que, aun siendo menores de dicha edad, sean huérfanas/os
absolutas/os o estén emancipadas/os, por matrimonio o por concesión judicial o de
quienes ejerzan la patria potestad.
b. Estar empadronadas/os y residir legal y efectivamente en el municipio de Alcuéscar
con una antigüedad de al menos seis meses, inmediatamente anterior a la fecha de
presentación de solicitud. El requisito de antigüedad no será exigible a los/as emigrantes
extremeños/as retornados, a los transeúntes, a los/as extranjeros/as refugiados/as o con
solicitud de asilo en trámite, así como a los que tengan autorizada su estancia por
razones humanitarias o, excepcionalmente, cuando la situación de emergencia
comprometa gravemente la subsistencia del mismo o de su unidad familiar y así se haya
acreditado en el informe motivado emitido por el Servicio Social de Atención Social
Básica.
c. Pertenecer a una unidad familiar en la que se carezca de rentas o ingresos
suficientes. Para determinar si en la unidad familiar se carece de rentas o ingresos
suficientes, se procederá a la suma de todos los ingresos netos computables de la
unidad familiar obtenidos en los últimos tres meses anteriores al de la fecha de
presentación de la solicitud y se dividirá por tres, considerándose que existen rentas o
ingresos suficientes cuando los ingresos netos de la unidad familiar sean superiores al
130 % del importe mensual fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado del
ejercicio correspondiente para el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples
(IPREM), referido a catorce pagas, incrementándose en un 8 % dicho indicador por cada
miembro de la unidad familiar.
IPREM MENSUAL A 14 PAGAS: 700 €.
Incrementado al 130%: 910 €.
N.º DE MIEMBROS % IPREM LÍMITE INGRESOS NETOS
1 130% 910 €
2 138% 966 €
CVE:
BOP-2025-2678
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de mayo de 2025
N.º 0101
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