Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Pesga. (BOP-2025-2653)
BOP-2025-2653 Aprobación definitiva de la modificación y aprobación de varias ordenanzas fiscales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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1.
2.
Entrada infantil…..1,5 € Desde 5 hasta 12 años.
Tercero. Aprobación de la Ordenanza fiscal reguladora la Tasa por la prestación del Servicio de
Ayuda a Domicilio que queda redactada de la siguiente forma:
Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de ayuda a domicilio de
La Pesga
ARTÍCULO 1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
La presente Ordenanza tiene por objeto establecer el régimen básico de la prestación
del Servicio de Ayuda a Domicilio en la localidad de La Pesga.
El Servicio de Ayuda a Domicilio es una prestación básica de Servicios Sociales, de
carácter social, no sanitario, que mediante personal preparado y supervisado
proporciona una serie de atenciones y cuidados de carácter personal, doméstico,
psicosocial, educativo y técnico que se prestan en el domicilio a familias o personas
solas, con la finalidad de compensar las limitaciones de la persona usuaria,
favoreciendo su autonomía personal y ayudándole en la realización de las tareas de la
vida diaria para que puedan continuar viviendo en su hogar y/o entorno mientras sea
posible y conveniente.
ARTÍCULO 2. OBJETIVOS.
Los objetivos del Servicio de Ayuda a Domicilio son los siguientes:
a) Proporcionar la atención necesaria con el fin de prevenir situaciones de deterioro personal y
social.
b) Promover la autonomía personal para el desempeño adecuado de las actividades básicas de
la vida diaria en el entorno habitual de la persona.
c) Favorecer el desarrollo de las capacidades personales y de las habilidades adecuadas para
el desenvolvimiento personal y doméstico.
d) Posibilitar la integración en el entorno habitual de convivencia y fomentar la participación en
la vida comunitaria para garantizar su autonomía y prevenir, evitar o retrasar el ingreso en
centros o establecimientos residenciales.
e) Servir como medida de respiro y apoyo familiar en las tareas de cuidado y atención.
CVE:
BOP-2025-2653
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de mayo de 2025
N.º 0100
Pág. 12661
2.
Entrada infantil…..1,5 € Desde 5 hasta 12 años.
Tercero. Aprobación de la Ordenanza fiscal reguladora la Tasa por la prestación del Servicio de
Ayuda a Domicilio que queda redactada de la siguiente forma:
Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de ayuda a domicilio de
La Pesga
ARTÍCULO 1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
La presente Ordenanza tiene por objeto establecer el régimen básico de la prestación
del Servicio de Ayuda a Domicilio en la localidad de La Pesga.
El Servicio de Ayuda a Domicilio es una prestación básica de Servicios Sociales, de
carácter social, no sanitario, que mediante personal preparado y supervisado
proporciona una serie de atenciones y cuidados de carácter personal, doméstico,
psicosocial, educativo y técnico que se prestan en el domicilio a familias o personas
solas, con la finalidad de compensar las limitaciones de la persona usuaria,
favoreciendo su autonomía personal y ayudándole en la realización de las tareas de la
vida diaria para que puedan continuar viviendo en su hogar y/o entorno mientras sea
posible y conveniente.
ARTÍCULO 2. OBJETIVOS.
Los objetivos del Servicio de Ayuda a Domicilio son los siguientes:
a) Proporcionar la atención necesaria con el fin de prevenir situaciones de deterioro personal y
social.
b) Promover la autonomía personal para el desempeño adecuado de las actividades básicas de
la vida diaria en el entorno habitual de la persona.
c) Favorecer el desarrollo de las capacidades personales y de las habilidades adecuadas para
el desenvolvimiento personal y doméstico.
d) Posibilitar la integración en el entorno habitual de convivencia y fomentar la participación en
la vida comunitaria para garantizar su autonomía y prevenir, evitar o retrasar el ingreso en
centros o establecimientos residenciales.
e) Servir como medida de respiro y apoyo familiar en las tareas de cuidado y atención.
CVE:
BOP-2025-2653
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de mayo de 2025
N.º 0100
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