Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zorita. (BOP-2025-2631)
BOP-2025-2631 Modificación Ordenanza Reguladora Tasa Suministro Agua.
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ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE
ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE
Ayuntamiento de Zorita Pág. 2 de 10
Expediente nº: 248/2025
Ordenanza Fiscal Reguladora
Procedimiento: Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por el servicio de
Abastecimiento Domiciliario de Agua Potable
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE
ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE
ARTÍCULO 1. Fundamento y Objeto
Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos
133.2 y 142 de la Constitución, por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 20.4.t) en relación con los artículos 15 a 19 del Texto Refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, establece la tasa por el suministro de agua potable, que se
regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo previsto en el
artículo 57 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ARTÍCULO 2. Hecho Imponible
Constituye el hecho imponible de la tasa:
a) La actividad municipal, técnica y administrativa, tendente a verificar
si se dan las condiciones necesarias para autorizar la acometida a la red de
abastecimiento municipal.
b) La prestación del servicio de abastecimiento domiciliario de agua
potable, que conlleva la utilización de la red general de distribución así como las
actividades derivadas de enganches a la red general, colocación, mantenimiento y
actividades análogas, conforme a lo establecido en el artículo 26.1.a) de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local., y su tratamiento
potabilizador.
CVE:
BOP-2025-2631
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de mayo de 2025
N.º 0099
Pág. 12596
ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE
Ayuntamiento de Zorita Pág. 2 de 10
Expediente nº: 248/2025
Ordenanza Fiscal Reguladora
Procedimiento: Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por el servicio de
Abastecimiento Domiciliario de Agua Potable
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE
ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE
ARTÍCULO 1. Fundamento y Objeto
Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos
133.2 y 142 de la Constitución, por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 20.4.t) en relación con los artículos 15 a 19 del Texto Refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, establece la tasa por el suministro de agua potable, que se
regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo previsto en el
artículo 57 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ARTÍCULO 2. Hecho Imponible
Constituye el hecho imponible de la tasa:
a) La actividad municipal, técnica y administrativa, tendente a verificar
si se dan las condiciones necesarias para autorizar la acometida a la red de
abastecimiento municipal.
b) La prestación del servicio de abastecimiento domiciliario de agua
potable, que conlleva la utilización de la red general de distribución así como las
actividades derivadas de enganches a la red general, colocación, mantenimiento y
actividades análogas, conforme a lo establecido en el artículo 26.1.a) de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local., y su tratamiento
potabilizador.
CVE:
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Verificable
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N.º 0099
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