Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talayuela. (BOP-2025-2622)
BOP-2025-2622 Convenio de delegación de competencia en materia de disciplina urbanística para municipios de menos de veinte mil habitantes a la Excma Diputación Provincial de Cáceres.
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como en ejecutiva, así como de los expedientes de multas coercitivas, se cursarán por la
Administración delegada a favor de la Administración delegante a través de su Organismo
Autónomo de Recaudación (OARGT).
Para ello, se delega en la Diputación Provincial de Cáceres, a través de su Organismo
Autónomo de Recaudación (OARGT), la competencia para el ejercicio de las funciones de
gestión, recaudación e inspección de los importes económicos derivados de la imposición de
sanciones urbanísticas o multas coercitivas, tanto en vía voluntaria como en ejecutiva.
Asimismo, para hacer efectiva la aportación económica por sanciones o multas coercitivas
derivadas de las infracciones urbanísticas, se autoriza a la Diputación Provincial para practicar
a través del Organismo Autónomo de Recaudación las retenciones y/o compensaciones que
procedan, con cargo a cuantas transferencias o pagos corresponda ordenar a este
Ayuntamiento, por importe equivalente a las obligaciones que se vayan generando a este
Ayuntamiento, por la prestación del servicio encomendado, en virtud de las liquidaciones que le
sean practicadas y una vez sean exigibles en vía administrativa, con expedición de los
oportunos justificantes de la compensación aplicada.
Por último, para el caso de que la sanción fuera recurrida judicialmente, se cederá a la
Diputación Provincial de Cáceres los derechos económicos que se deriven de las costas
judiciales que fueran declaradas a favor del Ayuntamiento.
QUINTO.- La delegación de competencias en materia de disciplina urbanística habilitará a la
Administración delegada para el ejercicio de las potestades propias de la materia mientras no
se produzca la revocación a instancia de cualquiera de las Administraciones y su publicación
correspondiente en el boletín oficial de la provincia.
SEXTO.- Se autoriza al/a Alcalde/Alcaldesa para suscribir el correspondiente Convenio de
delegación de la competencia en materia de disciplina urbanística con la Diputación Provincial
de Cáceres para la efectividad de la delegación acordada por el Pleno municipal.
El plazo de vigencia del convenio de delegación de competencias en materia de disciplina
urbanística previsto será hasta tanto el Ayuntamiento cuente con los medios necesarios para
ejercer las competencias que se delegan en la excelentísima Diputación de Cáceres, en todo
caso no será superior a los 5 años, en aplicación de los dispuesto en el artículo 29.3 de la Ley
3/2019, de 22 de Enero, de garantía de autonomía municipal de Extremadura.
CVE:
BOP-2025-2622
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de mayo de 2025
N.º 0099
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