Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2604)
BOP-2025-2604 Concurso de méritos específicos para la provisión del puesto de Jefatura de Sección de Infraestructuras de Sistemas Informáticos. Convocatoria.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
como consecuencia del proceso convocado mediante Resolución Presidencial de 20 de noviembre
de 2017 (B.O.P. núm. 225, de 27/11/2017) para la adaptación del Personal Laboral Fijo de Plantilla
al Régimen Funcionarial, se le tendrán en cuenta los períodos de servicios prestados como personal
laboral.
La Propuesta de Resolución deberá recaer sobre el/la candidato/a que haya obtenido mayor
puntuación, sumados los resultados finales, en su caso, de las dos fases.
En el supuesto de producirse empate en la puntuación, para dirimirlo se acudirá a la
puntuación otorgada a los méritos enunciados en la Fase 2ª, por el orden expresado.
De persistir el empate, se acudirá a la puntuación otorgada a los méritos enunciados en la
Fase 1ª, por el orden expresado.
BASE SÉPTIMA.- Publicidad.
1.- La publicación de los actos y acuerdos que se dicten en desarrollo del esta convocatoria se
realizará mediante su inserción en el Tablón de Anuncios Electrónico, página web:
https://empleo.dip-caceres.es/empleodip/
2.- A través de dicho medio se harán públicas las fechas en las que los candidatos podrán acceder
a las valoraciones provisionales y definitivas, así como, en su caso, a las causas de exclusión.
Igualmente se publicarán en el referido Tablón de Anuncios los plazos para la presentación de
posibles alegaciones o recursos y la forma de interposición de los mismos.
BASE OCTAVA.- Plazo de resolución del Concurso de méritos. Comisión de Valoración.
1.-El plazo para la resolución del concurso será de seis meses desde el día siguiente al de la
finalización de presentación de instancias.
Este puesto será irrenunciable, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se
hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública.
2.- La Comisión de valoración estará formada como mínimo por nueve miembros nombrados
mediante Resolución de la Presidencia o Diputado/a delegado/a de la misma, que designará entre
ellos al Presidente/a y Secretario/a.
Al menos tres cuartas partes de los miembros de la comisión de valoración deberán poseer
una titulación del mismo nivel o superior a la exigida para los puestos convocados.
Formará parte de la comisión de valoración un representante, como mínimo, de los Servicios
Jurídicos que tenga la condición de Letrado.
Del mismo modo, formará parte de la comisión de valoración un representante de cada una
de las Organizaciones Sindicales designados por las mismas.
En todo caso, la composición de la comisión de valoración se adecuará al criterio de paridad
entre hombres y mujeres.
La comisión de valoración podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de
expertos que en calidad de asesores actuarán con voz pero sin voto.
CVE:
BOP-2025-2604
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de mayo de 2025
N.º 0099
Pág. 12442
de 2017 (B.O.P. núm. 225, de 27/11/2017) para la adaptación del Personal Laboral Fijo de Plantilla
al Régimen Funcionarial, se le tendrán en cuenta los períodos de servicios prestados como personal
laboral.
La Propuesta de Resolución deberá recaer sobre el/la candidato/a que haya obtenido mayor
puntuación, sumados los resultados finales, en su caso, de las dos fases.
En el supuesto de producirse empate en la puntuación, para dirimirlo se acudirá a la
puntuación otorgada a los méritos enunciados en la Fase 2ª, por el orden expresado.
De persistir el empate, se acudirá a la puntuación otorgada a los méritos enunciados en la
Fase 1ª, por el orden expresado.
BASE SÉPTIMA.- Publicidad.
1.- La publicación de los actos y acuerdos que se dicten en desarrollo del esta convocatoria se
realizará mediante su inserción en el Tablón de Anuncios Electrónico, página web:
https://empleo.dip-caceres.es/empleodip/
2.- A través de dicho medio se harán públicas las fechas en las que los candidatos podrán acceder
a las valoraciones provisionales y definitivas, así como, en su caso, a las causas de exclusión.
Igualmente se publicarán en el referido Tablón de Anuncios los plazos para la presentación de
posibles alegaciones o recursos y la forma de interposición de los mismos.
BASE OCTAVA.- Plazo de resolución del Concurso de méritos. Comisión de Valoración.
1.-El plazo para la resolución del concurso será de seis meses desde el día siguiente al de la
finalización de presentación de instancias.
Este puesto será irrenunciable, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se
hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública.
2.- La Comisión de valoración estará formada como mínimo por nueve miembros nombrados
mediante Resolución de la Presidencia o Diputado/a delegado/a de la misma, que designará entre
ellos al Presidente/a y Secretario/a.
Al menos tres cuartas partes de los miembros de la comisión de valoración deberán poseer
una titulación del mismo nivel o superior a la exigida para los puestos convocados.
Formará parte de la comisión de valoración un representante, como mínimo, de los Servicios
Jurídicos que tenga la condición de Letrado.
Del mismo modo, formará parte de la comisión de valoración un representante de cada una
de las Organizaciones Sindicales designados por las mismas.
En todo caso, la composición de la comisión de valoración se adecuará al criterio de paridad
entre hombres y mujeres.
La comisión de valoración podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de
expertos que en calidad de asesores actuarán con voz pero sin voto.
CVE:
BOP-2025-2604
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de mayo de 2025
N.º 0099
Pág. 12442