Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2597)
BOP-2025-2597 Concurso-oposición de dos plazas de Oficial Mecánico Conductor. Aprobación de las bases.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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ÁREA DE PERSONAL, GESTIÓN DE RR.HH,
SEPEI Y PREVENCIÓN DE RR.LL
No obstante el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos
técnicos competentes en materia de discapacidad de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. Además podrán solicitar del interesado información adicional respecto de la
adaptación solicitada.
6.2. Los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único siendo
excluidos/as de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor, debidamente
alegado y justificado con anterioridad a la celebración del ejercicio, y apreciado libremente por el
Tribunal que, en cualquier momento podrá requerir a los/as aspirantes para que acrediten su
personalidad.
6.3. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de
riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del
mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas
de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso
ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la
realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han
superado el proceso selectivo.
Cuando la necesidad de adaptación de tiempos y/o medios se produzca de forma sobrevenida,
el/la aspirante lo solicitará directamente al órgano de selección con, al menos, 4 días hábiles de
antelación a la celebración del ejercicio, siempre que no se menoscabe el normal desarrollo del
proceso selectivo.
6.4 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la
identidad de los aspirantes.
SEPTIMA. Sistemas de Selección.
7.1 El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en los artículos 61 del texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público y 94 y siguientes de la Ley de la Función Pública de
Extremadura, se realizará a través de los sistemas de concurso-oposición.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de dos fases. El proceso selectivo
será valorado con un máximo de 10 puntos:
A) Oposición (60% de la puntuación total): 6 puntos en total.
B) Concurso (40% de la puntuación total): 4 puntos en total.
10
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF20RSJX0896RAGP5VGEYINTH5ILM15O
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Este
documento
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Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
SECRETARIO
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
19/05/2025
12:25
11/24
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2025-2597
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de mayo de 2025
N.º 0099
Pág. 12345
SEPEI Y PREVENCIÓN DE RR.LL
No obstante el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos
técnicos competentes en materia de discapacidad de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. Además podrán solicitar del interesado información adicional respecto de la
adaptación solicitada.
6.2. Los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único siendo
excluidos/as de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor, debidamente
alegado y justificado con anterioridad a la celebración del ejercicio, y apreciado libremente por el
Tribunal que, en cualquier momento podrá requerir a los/as aspirantes para que acrediten su
personalidad.
6.3. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de
riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del
mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas
de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso
ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la
realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han
superado el proceso selectivo.
Cuando la necesidad de adaptación de tiempos y/o medios se produzca de forma sobrevenida,
el/la aspirante lo solicitará directamente al órgano de selección con, al menos, 4 días hábiles de
antelación a la celebración del ejercicio, siempre que no se menoscabe el normal desarrollo del
proceso selectivo.
6.4 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la
identidad de los aspirantes.
SEPTIMA. Sistemas de Selección.
7.1 El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en los artículos 61 del texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público y 94 y siguientes de la Ley de la Función Pública de
Extremadura, se realizará a través de los sistemas de concurso-oposición.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de dos fases. El proceso selectivo
será valorado con un máximo de 10 puntos:
A) Oposición (60% de la puntuación total): 6 puntos en total.
B) Concurso (40% de la puntuación total): 4 puntos en total.
10
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39/2015,
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JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
SECRETARIO
(DIPUTACION
DE
CACERES)
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L02000010
19/05/2025
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Órgano:
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Verificable
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N.º 0099
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