Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2596)
BOP-2025-2596 Concurso-oposición de una plaza de Oficial Primera Albañil. Aprobación de las bases.
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AREA DE PERSONAL
NEGOCIADO DE PLANTILLA, SELECCION Y
PROMOCION
En el ejercicio de sus funciones observarán las prescripciones que se contengan en los
manuales de instrucciones que, en su caso, se dicten por el Área de Personal con el objeto de
homogeneizar los criterios de actuación aplicables en los distintos procesos selectivos.
Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración Provincial, aunque ésta, en su caso,
pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las
irregularidades.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede del Tribunal queda establecida en
el Área de Personal de la Diputación Provincial de Cáceres ubicada en el Palacio Provincial, en la
Plaza de Santa María s/n, de Cáceres.
SEXTA. Actuación de los aspirantes.
6.1. La actuación de los/as aspirantes en los ejercicios que no pueda realizarse conjuntamente, se
iniciará por orden alfabético de apellidos partir de la letra “X”, de conformidad con el sorteo efectuado
(BOP de 10/02/2025) y figurará en el anuncio por el que se haga pública la resolución aprobatoria de la
lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y la fecha, hora y lugar de comienzo de los ejercicios.
Dicha publicación se efectuará, con una antelación de al menos cinco días hábiles de dicho comienzo en
el BOP y Tablón de Anuncios Electrónico, ubicado en la sede electrónica de la Diputación Provincial.
Para los aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud de su condición
con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las adaptaciones de tiempo y medios
necesarias para la realización de los ejercicios debiendo adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo
emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía competente, acreditando de forma
fehaciente, la/s deficiencia/s permanente/s que ha/n dado origen al grado de minusvalía reconocido.
Respecto de la adaptación de tiempos y medios, corresponderá al Tribunal Calificador resolver la
procedencia y concreción, de la adaptación de tiempos y medios en función de las circunstancias
específicas de cada ejercicio, según se establece por el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se
regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad y
la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.
No obstante, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos
competentes en materia de discapacidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. Además, podrán solicitar del interesado información adicional respecto de la adaptación
solicitada.
6.2. Los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único siendo
excluidos/as de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor, debidamente
alegado y justificado con anterioridad a la celebración del ejercicio, y apreciado libremente por el Tribunal
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DIPCC-PF20O607FE5XWPWZB9DVKHEMS5R41L0C
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Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
SECRETARIO
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
19/05/2025
12:25
9/21
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2025-2596
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de mayo de 2025
N.º 0099
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