Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pedroso de Acim. (BOP-2025-2560)
BOP-2025-2560 Normas Reguladoras que han de regir la concesión de Ayudas Extraordinarias de Apoyo Social para Contingencias 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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a.
b.
c.
d.
e.
para este fin por la Consejería de Salud y Servicios Sociales, y en todo caso, hasta el día 31 de
diciembre de 2025. Las Ayudas se resolverán conforme al orden cronológico en el Registro de
entrada del Ayuntamiento.
No obstante lo anterior, se convalidarán todas aquellas solicitudes que se hayan formalizado
con anterioridad a la publicación de estas bases y desde la publicación del acuerdo del
Consejo de Gobierno en el DOE n.º 55 de fecha 20/3/2025, siempre que cumplan los requisitos
de la convocatoria.
Las personas interesadas presentarán su solicitud conforme al modelo establecido en la
presente convocatoria. Los interesados, deberán entregar la solicitud debidamente
cumplimentada, con toda la documentación necesaria en registro general de entrada del
Ayuntamiento. Los documentos que los interesados dirijan al Ayuntamiento de Pedroso de
Acim, podrán presentarse:
En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como
en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere
el artículo 2.1.
En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el
extranjero.
En las oficinas de asistencia en materia de registros.
En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
QUINTA. - PRESUPUESTO.
A esta convocatoria está destinada como máximo una cuantía de 1.500,00 € con cargo a la
aplicación presupuestaria correspondiente. Esa cuantía es la máxima que se podrá aprobar en
la presente convocatoria para todas las solicitudes que se presenten, dando por cerrada la
convocatoria en el momento que se agote el crédito dispuesto.
Según establece en el punto 6 del acuerdo 20 de octubre de 2021 del Viceconsejero Segundo
por el que se aprueba el programa de colaboración económica municipal para dichas ayudas
extraordinarias los remanentes de fondos no comprometidos resultantes al finalizar el ejercicio
correspondiente que se encuentren en poder de las entidades locales, seguirán manteniendo el
destino específico para el que fueron transferidos y se utilizarán en el siguiente ejercicio,
reduciéndose en el mismo importe la cuantía de la transferencia a realizar en el ejercicio
presupuestario en curso.
CVE:
BOP-2025-2560
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de mayo de 2025
N.º 0097
Pág. 12080
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e.
para este fin por la Consejería de Salud y Servicios Sociales, y en todo caso, hasta el día 31 de
diciembre de 2025. Las Ayudas se resolverán conforme al orden cronológico en el Registro de
entrada del Ayuntamiento.
No obstante lo anterior, se convalidarán todas aquellas solicitudes que se hayan formalizado
con anterioridad a la publicación de estas bases y desde la publicación del acuerdo del
Consejo de Gobierno en el DOE n.º 55 de fecha 20/3/2025, siempre que cumplan los requisitos
de la convocatoria.
Las personas interesadas presentarán su solicitud conforme al modelo establecido en la
presente convocatoria. Los interesados, deberán entregar la solicitud debidamente
cumplimentada, con toda la documentación necesaria en registro general de entrada del
Ayuntamiento. Los documentos que los interesados dirijan al Ayuntamiento de Pedroso de
Acim, podrán presentarse:
En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como
en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere
el artículo 2.1.
En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el
extranjero.
En las oficinas de asistencia en materia de registros.
En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
QUINTA. - PRESUPUESTO.
A esta convocatoria está destinada como máximo una cuantía de 1.500,00 € con cargo a la
aplicación presupuestaria correspondiente. Esa cuantía es la máxima que se podrá aprobar en
la presente convocatoria para todas las solicitudes que se presenten, dando por cerrada la
convocatoria en el momento que se agote el crédito dispuesto.
Según establece en el punto 6 del acuerdo 20 de octubre de 2021 del Viceconsejero Segundo
por el que se aprueba el programa de colaboración económica municipal para dichas ayudas
extraordinarias los remanentes de fondos no comprometidos resultantes al finalizar el ejercicio
correspondiente que se encuentren en poder de las entidades locales, seguirán manteniendo el
destino específico para el que fueron transferidos y se utilizarán en el siguiente ejercicio,
reduciéndose en el mismo importe la cuantía de la transferencia a realizar en el ejercicio
presupuestario en curso.
CVE:
BOP-2025-2560
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de mayo de 2025
N.º 0097
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