Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2025-2552)
BOP-2025-2552 Aprobación definitiva de las Bases Reguladoras de ayudas económicas para garantizar el derecho al acceso de suministros mínimos vitales, para el año 2025.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Hervás
ANUNCIO. Aprobación definitiva de las Bases Reguladoras de ayudas
económicas para garantizar el derecho al acceso de suministros mínimos
vitales, para el año 2025.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de las Bases de la
convocatoria de ayudas económicas para garantizar el derecho al acceso de suministros
mínimos vitales para 2025, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y
en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del
Régimen Local.
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA
GARANTIZAR A LOS CIUDADANOS DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE HERVÁS, EL
DERECHO AL ACCESO DE SUMINISTROS MÍNIMOS VITALES PARA EL AÑO 2025
I.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA:
Es objeto de la presente convocatoria la concesión directa de ayudas económicas para
suministros mínimos vitales, conforme a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 3/2019, de 22 de
enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura (LGAMEX en lo sucesivo) y la
distribución del crédito del mismo aprobada por Acuerdo de 4 de marzo de 2025, del Consejo
de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración
Económica Municipal para suministros mínimos vitales para 2025, ascendido el importe total de
la convocatoria a 21.296,88 euros, financiada con cargo a la aplicación presupuestaria
110030000 G/252B/46000, Fondo CAG000001, código de proyecto 20150071.
II.- REQUISITOS PARA SER BENEFICIARIOS DE LAS AYUDAS:
1.- Podrán ser beneficiarias de las ayudas para suministros mínimos vitales las unidades de
convivencia, independientemente de que exista o no entre sus miembros relación de
parentesco, que cumplan los siguientes requisitos:
CVE:
BOP-2025-2552
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 23 de mayo de 2025
N.º 0097
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