Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-2516)
BOP-2025-2516 Aprobación definitiva Modificación del PGM en parcela TE-6 "Casa Plata".
13 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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La unidad mínima en la que puede desarrollarse el uso terciario clase b) oficinas en categorías
1ª (oficina técnica) y 2ª (oficinas de ventas) será el edificio exclusivo, quedando prohibida su
división.
Obras admisibles:
Todas las incluidas en los artículos 1.2.22, 1.2.23 y 1.2.24 del Título I de las Normas
Urbanísticas del Plan General.
Parcela mínima:
Será la establecida para cada parcela en la tabla anterior y grafiada en el plano anejo a la ficha
del API 32-03. Se permite el agrupamiento de parcelas completas para formar una de mayores
dimensiones.
Edificabilidad:
Será la establecida para cada parcela en la tabla anterior.
Ocupación:
Viene dada por la aplicación de los retranqueos especificados a continuación.
Posición de la edificación. Alineaciones y retranqueos:
Las alineaciones serán las fijadas en el plano n.º5 de "Clasificación, calificación y regulación
del suelo y la edificación en suelo urbano (...). Red viaria, alineaciones y rasantes" y en el plano
anejo a la ficha del API 32-03.
Con carácter general los retranqueos de la edificación serán de 5m con respecto a la alineación
exterior oficial y de 3m con respecto a las parcelas colindantes.
TE-6 5.083,68 2.838,07 3
TE-7 5.083,68 2.838,07 3
TE-9 7.079,70 3.952,39 3
CVE:
BOP-2025-2516
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de mayo de 2025
N.º 0096
Pág. 11899
1ª (oficina técnica) y 2ª (oficinas de ventas) será el edificio exclusivo, quedando prohibida su
división.
Obras admisibles:
Todas las incluidas en los artículos 1.2.22, 1.2.23 y 1.2.24 del Título I de las Normas
Urbanísticas del Plan General.
Parcela mínima:
Será la establecida para cada parcela en la tabla anterior y grafiada en el plano anejo a la ficha
del API 32-03. Se permite el agrupamiento de parcelas completas para formar una de mayores
dimensiones.
Edificabilidad:
Será la establecida para cada parcela en la tabla anterior.
Ocupación:
Viene dada por la aplicación de los retranqueos especificados a continuación.
Posición de la edificación. Alineaciones y retranqueos:
Las alineaciones serán las fijadas en el plano n.º5 de "Clasificación, calificación y regulación
del suelo y la edificación en suelo urbano (...). Red viaria, alineaciones y rasantes" y en el plano
anejo a la ficha del API 32-03.
Con carácter general los retranqueos de la edificación serán de 5m con respecto a la alineación
exterior oficial y de 3m con respecto a las parcelas colindantes.
TE-6 5.083,68 2.838,07 3
TE-7 5.083,68 2.838,07 3
TE-9 7.079,70 3.952,39 3
CVE:
BOP-2025-2516
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de mayo de 2025
N.º 0096
Pág. 11899