Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-2515)
BOP-2025-2515 Convocatoria Concesión de Subvenciones 2025.
20 páginas totales
Página
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previa justificación por el/la beneficiario/a de la realización de la actividad o proyecto
subvencionado.
BASE DUODÉCIMA.- JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN.
La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los
objetivos previstos en la concesión de la subvención se documentará a través de la rendición
de la cuenta justificativa, que constituye un acto obligatorio del/la beneficiario/a. La cuenta
justificativa deberá contener la siguiente documentación:
1. Memoria de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
2. Memoria del coste de la totalidad del proyecto con desglose de cada uno de los
gastos.
3. Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada, con indicación del importe y su procedencia.
4. Dossier de los elementos de publicidad del proyecto, donde se refleje claramente la
financiación.
5. Facturas originales, justificantes de pago y demás documentos de valor probatorio
equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. No se admitirán
pagos en metálico.
Especificación del medio de pago. Los pagos con tarjeta deberán acompañarse del justificante
de pago y copia del cargo efectuado en la cuenta bancaria de los/as beneficiarios/as de la
subvención.
En las facturas deberán recogerse los datos siguientes:
1. Nombre, razón social, NIF de la empresa que factura y razón social del/la
beneficiario/a.
2. Datos identificativos del destinatario/a, que deberá ser la entidad subvencionada.
3. Fecha de emisión y número de factura. (En este punto se exigirá que la fecha de
emisión sea el año 2025).
4. Importe total. Si figuran varios artículos deberán desglosarse y describirse cada uno
de ellos.
CVE:
BOP-2025-2515
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de mayo de 2025
N.º 0096
Pág. 11885
subvencionado.
BASE DUODÉCIMA.- JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN.
La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los
objetivos previstos en la concesión de la subvención se documentará a través de la rendición
de la cuenta justificativa, que constituye un acto obligatorio del/la beneficiario/a. La cuenta
justificativa deberá contener la siguiente documentación:
1. Memoria de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
2. Memoria del coste de la totalidad del proyecto con desglose de cada uno de los
gastos.
3. Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada, con indicación del importe y su procedencia.
4. Dossier de los elementos de publicidad del proyecto, donde se refleje claramente la
financiación.
5. Facturas originales, justificantes de pago y demás documentos de valor probatorio
equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. No se admitirán
pagos en metálico.
Especificación del medio de pago. Los pagos con tarjeta deberán acompañarse del justificante
de pago y copia del cargo efectuado en la cuenta bancaria de los/as beneficiarios/as de la
subvención.
En las facturas deberán recogerse los datos siguientes:
1. Nombre, razón social, NIF de la empresa que factura y razón social del/la
beneficiario/a.
2. Datos identificativos del destinatario/a, que deberá ser la entidad subvencionada.
3. Fecha de emisión y número de factura. (En este punto se exigirá que la fecha de
emisión sea el año 2025).
4. Importe total. Si figuran varios artículos deberán desglosarse y describirse cada uno
de ellos.
CVE:
BOP-2025-2515
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de mayo de 2025
N.º 0096
Pág. 11885