Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barrado. (BOP-2025-2449)
BOP-2025-2449 Cuenta General 2024.
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Entidad Local: AYUNTAMIENTO DE BARRADO
Provincia: CACERES N.I.F.: P1002600C
Comunidad Autónoma: EXTREMADURA Ejercicio: 2024
4. NORMAS DE RECONOCIMIENTO Y VALORACION
Las normas de reconocimiento y valoración desarrollan los principios contables y otras
disposiciones relativas al marco conceptual de la Contabilidad Pública. Incluyen criterios y
reglas aplicables a distintas transacciones o hechos económicos, así como a diversos
elementos patrimoniales.
I) INMOVILIZADO MATERIAL
El inmovilizado material son los activos tangibles, muebles e inmuebles que posee la
entidad para su uso en la producción o suministro de bienes y servicios o para sus
propios propósitos administrativos. Se espera tengan una vida útil mayor a un año. Con
carácter general, podrán excluirse del inmovilizado material y, por tanto, considerarse
gasto del ejercicio, aquellos bienes muebles cuyo precio unitario e importancia relativa,
dentro de la masa patrimonial, así lo aconsejen.
Los criterios de valoración aplicables.
a) Precio de adquisición.
Comprende su precio de compra, incluidos los aranceles de importación y los
impuestos indirectos no recuperables que recaigan sobre la adquisición, así como
cualquier coste directamente relacionado con la compra o puesta en condiciones de
servicio del activo para el uso al que está destinado. Se deducirá del precio del elemento
cualquier clase de descuento o rebaja que se haya obtenido.
b) Coste de producción.
El coste de producción de un activo fabricado o construido por la propia entidad se
determina utilizando los mismos principios aplicados al precio de adquisición de los
activos.
Dicho coste se obtiene añadiendo al precio de adquisición de las materias primas y
otros materiales consumidos, aplicando el criterio de identificación directa o en su defecto
el coste medio ponderado o FIFO, los demás costes directamente imputables a la
fabricación o elaboración del bien. Igualmente se añadirá la parte que razonablemente
corresponda de los costes indirectos relacionados con la fabricación o elaboración.
c) Valor razonable.
Corresponde al importe definido en el marco conceptual de la contabilidad pública de
este Plan.
d) Activación de gastos financieros.
En los inmovilizados que necesiten un periodo de tiempo superior a un año para estar
en condiciones de uso se incorporan al precio de adquisición o coste de producción los
gastos financieros que se hayan devengado con anterioridad a su puesta en condiciones
de funcionamiento
CVE:
BOP-2025-2449
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de mayo de 2025
N.º 0093
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