Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2422)
BOP-2025-2422 Avocación de Competencias.
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SEGUNDO. - La tramitación administrativa y contable que proceda con posterioridad a la firma
del Convenio seguirá siendo competencia de la Vicepresidencia Segunda de la Excma.
Diputación Provincial, de conformidad con lo establecido en la Resolución Presidencial
05/07/2023.
Las dudas que surjan en la interpretación de la presente resolución serán resueltas por esta
Presidencia.
Esta resolución tiene carácter extemporáneo.
TERCERO. - Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio
de su eficacia desde la firma de la misma y notifíquese a los/as Diputados/as e interesados/as
afectados/as.
No obstante Vd. resolverá lo que estime más conveniente para los intereses provinciales.
Cáceres, 14 de mayo de 2025
Álvaro Casas Avilés
SECRETARIO
CVE:
BOP-2025-2422
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de mayo de 2025
N.º 0092
Pág. 11285
del Convenio seguirá siendo competencia de la Vicepresidencia Segunda de la Excma.
Diputación Provincial, de conformidad con lo establecido en la Resolución Presidencial
05/07/2023.
Las dudas que surjan en la interpretación de la presente resolución serán resueltas por esta
Presidencia.
Esta resolución tiene carácter extemporáneo.
TERCERO. - Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio
de su eficacia desde la firma de la misma y notifíquese a los/as Diputados/as e interesados/as
afectados/as.
No obstante Vd. resolverá lo que estime más conveniente para los intereses provinciales.
Cáceres, 14 de mayo de 2025
Álvaro Casas Avilés
SECRETARIO
CVE:
BOP-2025-2422
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de mayo de 2025
N.º 0092
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