Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2395)
BOP-2025-2395 EXTRACTO. Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento y constitución de comunidades energéticas locales participadas por municipios de la Provincia de Cáceres con una población inferior a 20.000 habitantes (CEL-2025).
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
en cuyo caso, y según lo establecido en el artículo 26 de la Ordenanza General de
Subvenciones, y en el artículo 58, punto 2, apartado 4.º, del Real Decreto 887/2006, de 21de
julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de
Subvenciones, por lo que no será necesaria nueva convocatoria, siempre que se proceda a la
publicación de los créditos disponibles y su distribución, por los mismos medios que los
utilizados para la presente convocatoria, y con carácter previo a la resolución de concesión.
2.2.- CUANTÍA INDIVIDUALIZADA DE LA SUBVENCIÓN.
La cuantía máxima individualizada de la subvención será de 68.000.-€ (IVA incluido) siempre
que el presupuesto total del proyecto de inversión sea superior a 80.000.-€ (IVA incluido), en
caso contrario la ayuda provincial será del 85% del presupuesto total del proyecto.
Así, la Diputación concederá a los municipios solicitantes cuyos proyectos de inversión resulten
seleccionados como beneficiarios, la ayuda máxima por proyecto de inversión, conforme a
desglose siguiente:
a) Proyecto de inversión con un presupuesto total sea superior a 80.000.-€ (IVA incluido):
- Ayuda máxima: 68.000.-€ (IVA incluido) por beneficiario y actuación.
b) Proyecto de inversión con un presupuesto total igual o inferior a 80.000.-€ (IVA incluido):
- Ayuda máxima el 85% del presupuesto total del proyecto de inversión.
El Proyecto de inversión y su presupuesto total está compuesto por:
- Importe total de la instalación solar fotovoltaica (IVA Incluido).
- Importe total de los gastos referidos a la redacción e inscripción de los documentos
legales de constitución de la CEL. La cantidad máxima imputable a la subvención por
este concepto será de 1.000.-€ (IVA incluido), el exceso será asumido por el
Ayuntamiento beneficiario.
- Importe total del gasto referido a la redacción de proyecto de la instalación solar
fotovoltaica, dirección facultativa y coordinación de seguridad y salud de la actuación a
realizar. La cantidad imputable a la subvención será el 7% del presupuesto total de la
inversión, hasta un máximo de 5.600.-€ (IVA incluido), con un mínimo de 1.500.-€. (IVA
incluido).
CVE:
BOP-2025-2395
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de mayo de 2025
N.º 0091
Pág. 11078