Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campo Lugar. (BOP-2025-2324)
BOP-2025-2324 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la cesión y utilización temporal o esporádica con fines privados de los locales e instalaciones municipales.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Campo Lugar
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la
cesión y utilización temporal o esporádica con fines privados de los locales e
instalaciones municipales.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento
sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por uso de edificios
municipales, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA CESIÓN Y UTILIZACIÓN
TEMPORAL O ESPORÁDICA CON FINES PRIVADOS DE LOS LOCALES E
INSTALACIONES MUNICIPALES
PREÁMBULO.
La utilización temporal o esporádica de edificios, locales e instalaciones municipales, tanto por
particulares como por asociaciones, se configura en la actualidad como clave en el proceso de
construcción de una sociedad más participativa y más democrática y como factor esencial para
el progreso social. Así, este Ayuntamiento despliega su acción de fomento del tejido asociativo,
solucionando las necesidades de particulares y asociaciones a través de la autorización para el
uso especial del dominio público municipal.
Se pretende pues promocionar la realización de actividades autogestionadas de interés social
con la cesión del uso de locales y equipamientos que sean de titularidad municipal o, en
aquellos de titularidad no municipal, sobre los que el Ayuntamiento ostenta algún derecho, para
el uso privado de los edificios, locales e instalaciones municipales.
Por lo que este Ayuntamiento atendiendo al principio de autonomía local y las competencias
que le corresponden conforme al artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
CVE:
BOP-2025-2324
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de mayo de 2025
N.º 0089
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