Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2025-2275)
BOP-2025-2275 EXTRACTO. Normas Reguladoras del Programa Barrio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y el Acuerdo Bilateral suscrito con fecha 20 de
septiembre de 2024, entre el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, la Comunidad Autónoma
de Extremadura y el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata.
2.- La concesión de las ayudas se realizará, hasta el agotamiento del crédito disponible
atendiendo a la fecha y hora de presentación de las solicitudes de subvención o, si estas no
estuviesen completas, a la fecha y hora en que las solicitudes reúnan toda la documentación
necesaria, una vez subsanadas, en su caso.
En el caso de necesidad de subsanación de solicitudes, se instará al/a solicitante para que en
el plazo de diez (10) días hábiles aporte la documentación requerida o subsane los defectos
encontrados en la solicitud. Este requerimiento se realizará mediante notificación al/a
interesado/a, por el mismo medio en que presentase la solicitud de subvención.
Navalmoral de la Mata, 30 de abril de 2025
Enrique Antonio Hueso Retamosa
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2025-2275
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de mayo de 2025
N.º 0087
Pág. 10672
septiembre de 2024, entre el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, la Comunidad Autónoma
de Extremadura y el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata.
2.- La concesión de las ayudas se realizará, hasta el agotamiento del crédito disponible
atendiendo a la fecha y hora de presentación de las solicitudes de subvención o, si estas no
estuviesen completas, a la fecha y hora en que las solicitudes reúnan toda la documentación
necesaria, una vez subsanadas, en su caso.
En el caso de necesidad de subsanación de solicitudes, se instará al/a solicitante para que en
el plazo de diez (10) días hábiles aporte la documentación requerida o subsane los defectos
encontrados en la solicitud. Este requerimiento se realizará mediante notificación al/a
interesado/a, por el mismo medio en que presentase la solicitud de subvención.
Navalmoral de la Mata, 30 de abril de 2025
Enrique Antonio Hueso Retamosa
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2025-2275
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de mayo de 2025
N.º 0087
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