Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Membrío. (BOP-2025-2274)
BOP-2025-2274 Aprobación definitiva de los Estatutos de la Agrupación para el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría e Intervención en el Ayuntamiento de Membrio y Santiago de Alcántara.
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4. La Agrupación se suprimirá por las siguientes causas: por la posibilidad de prestar
correctamente las funciones públicas necesarias de forma aislada por aumento de los recursos;
las funciones administrativas; las funciones técnicas; aumento de la población; de la actividad
administrativa; mayores exigencias del servicio que reclaman la presencia permanente del/a
Secretario/a, del personal administrativo, técnico, etc, en el Ayuntamiento.
5. La Agrupación se modificará por las siguientes causas: Por la desagrupación de un
municipio cuando aquélla esté constituida por tres Municipios, por la agregación de un
municipio o entidad supramunicipal, o cuando se desagrupara un municipio de la entidad
supramunicipal y la Agrupación Secretarial estuviera formada por municipio y entidad
supramunicipal.
Artículo 11. Procedimiento de Modificación de los Estatutos.
La modificación de estos Estatutos requerirá los mismos trámites exigidos legalmente para su
constitución y aprobación. El procedimiento para la modificación de los Estatutos de la
Agrupación, cuando no suponga alteración del número de miembros de la misma, se regirá por
lo dispuesto en los propios Estatutos, debiendo observarse, en todo caso, los siguientes
requisitos:
La iniciativa podrá ser adoptada a propuesta de la Junta Administrativa de la
Agrupación, así como de cualquier Entidad Local agrupada, dando traslado de la
misma a las restantes entidades locales que forman la Agrupación.
Será preciso el acuerdo favorable adoptado por la mayoría absoluta del número legal
de miembros de cada una de las Entidades Locales agrupadas, tramitándose de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1b) del Decreto 91/2021, de 28 de julio.
Comunicación al Registro de Agrupaciones de la Dirección General de Administración
Local de la Junta de Extremadura del acto de modificación de los Estatutos de la
Agrupación.
Disposición Final Única.
La Agrupación se regirá por las normas contenidas en los Estatutos, y en lo no previsto, por el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a, por el artículo 3 y Disposición Adicional
Segunda del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico
de los/as funcionarios/as de Administración Local con habilitación de carácter nacional, por el
Decreto 91/2021, de 28 de julio, por el que se regulan los requisitos y el procedimiento para la
CVE:
BOP-2025-2274
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de mayo de 2025
N.º 0087
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