Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Membrío. (BOP-2025-2274)
BOP-2025-2274 Aprobación definitiva de los Estatutos de la Agrupación para el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría e Intervención en el Ayuntamiento de Membrio y Santiago de Alcántara.
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El conocimiento y resolución de cuantos asuntos puedan presentarse en el
funcionamiento de la Agrupación, así como los que se le atribuyan por disposiciones
legales.
La fiscalización de la actividad del/a Secretario/a - Interventor/a en el cumplimiento de
sus obligaciones y, en su caso, la corrección del mismo de acuerdo con lo establecido
en la normativa vigente para funcionarios/as de Administración Local con habilitación de
carácter nacional, previa instrucción del correspondiente expediente cuando proceda.
Para que la sanción, en su caso, surta efectos, habrá de someterse a la ratificación de
cada uno de los Plenos de los Ayuntamientos agrupados.
Conocer y coordinar las licencias y permisos del puesto de Secretaría Intervención y sus
sustituciones.
5. En relación al régimen de sesiones y acuerdos de la Junta de la Agrupación, será el
señalado legalmente para las Corporaciones Locales, sin perjuicio de las acomodaciones
correspondientes y de las que la propia Junta acuerde.
6. La Junta se reunirá, al menos y con carácter ordinario, una vez al año, pudiendo celebrar
cuantas sesiones extraordinarias sean necesarias para resolver los asuntos de interés de la
misma, a instancia del/a Presidente/a o de tres miembros de la Junta Administrativa.
Artículo 5. Forma de designación de los/as representantes de las Entidades Locales en la Junta
Administrativa. El/a Presidente/a será elegido/a en la sesión constitutiva de la Junta
Administrativa.
1. Los/as representantes de cada uno de los municipios agrupados se elegirán por cada una de
las Corporaciones. Los/as representantes se elegirán con ocasión de la constitución de los
correspondientes Ayuntamientos y su sustitución se producirá en virtud de la constitución del
Ayuntamiento o por decisión de los plenos respectivos. En ambos supuestos, mediante escrito
de la Alcaldía se dará a conocer al/a Presidente/a de la Agrupación la identidad de los/as
representantes de cada municipio.
2. El número de representantes de cada municipio, se establece en:
Ayuntamiento de Membrio, 3 representantes.
Ayuntamiento de Santiago de Alcántara, 3 representantes.
CVE:
BOP-2025-2274
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de mayo de 2025
N.º 0087
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