Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2025-2192)
BOP-2025-2192 Convocatoria de Ayudas Económicas para garantizar a los/a ciudadanos/as de Alcuéscar el derecho al acceso de Suministros Mínimos Vitales para el año 2025.
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38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley
de Subvenciones aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el
Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de
Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas; en la Ordenanza
Municipal Reguladora de Prestaciones de Ayudas de Emergencia Social, aprobada por el
Pleno de la Corporación reunido en sesión ordinaria celebrada el día 26 de marzo de
2021(publicado en el BOP el día 30 de marzo de 2021, BOP n.º 0060, y definitivamente en el
BOP N.º 0097 de 25 de mayo de 2021), Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento
de Alcuéscar (2024-2027) aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Alcuéscar reunido en
sesión extraordinaria celebrada el día 4 de Noviembre de 2.024, (publicado en el BOP el día
Boletín Oficial de la Provincia, n.º 218, de fecha 11 de Noviembre de 2.024, por el plazo de 30
días y definitivamente en el B.O.P de fecha 31 de Diciembre de 2.024 (BOP n.º 251), por lo
previsto en el artículo 46 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía
municipal de Extremadura (LGAMEX en lo sucesivo) y la distribución del crédito del mismo, de
conformidad con el acuerdo del Consejo de Política Local de fecha 26 de febrero de 2.025, con
cargo al programa de colaboración Económica Municipal para Suministros Mínimos Vitales, en
base a la RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 2025, de la Consejera, por la que se ordena la
publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 4 de marzo de 2025, del
Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de
Colaboración Económica Municipal para suministros mínimos vitales para 2025, las restantes
normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas
de derecho privado.
Visto que por Acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento se aprobó la Ordenanza Municipal
Reguladora de Prestaciones de Ayudas de Emergencia Social, reunido en sesión ordinaria
celebrada el día 26 de marzo de 2021 (publicado en el BOP el día 30 de marzo de 2021, BOP
n.º 0060, y definitivamente en el BOP n.º 0097 de 25 de mayo de 2021).
La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación del procedimiento de concesión de las
Ayudas de Emergencia Social en el Municipio de Alcuéscar. Con estas Ayudas de Emergencia
Social se pretende apoyar a aquellas personas y familias que carecen de recursos económicos
para afrontar necesidades básicas con relación a la alimentación, alojamiento, vestido,
educación y formación, atención sanitaria no cubiertas por los diferentes sistemas públicos. Así
como evitar las consecuencias físicas, psíquicas y sociales que la carencia de recursos
económicos suficientes provoca y que afectan al normal desenvolvimiento de las personas en
sociedad.
CVE:
BOP-2025-2192
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 8 de mayo de 2025
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