Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2025-2192)
BOP-2025-2192 Convocatoria de Ayudas Económicas para garantizar a los/a ciudadanos/as de Alcuéscar el derecho al acceso de Suministros Mínimos Vitales para el año 2025.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Alcuéscar
ANUNCIO. Convocatoria de Ayudas Económicas para garantizar a los/a
ciudadanos/as de Alcuéscar el derecho al acceso de Suministros Mínimos
Vitales para el año 2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2.003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
www.infosubvenciones.es
y en la página web del Ayuntamiento de Alcuéscar:
https://alcuescar.sedelectronica.es
El código de identificación que haya asignado la BDNS a la convocatoria es 828416.
CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA GARANTIZAR A LOS/AS
CIUDADANOS/AS DE ALCUÉSCAR EL DERECHO AL ACCESO DE SUMINISTROS
MÍNIMOS VITALES PARA EL AÑO 2025.
Los Servicios Sociales generales constituyen el primer nivel del Sistema Público de Servicios
Sociales y proporcionan una atención que tiene por objeto favorecer el acceso a los recursos
de los sistemas de bienestar social, generando alternativas a las carencias o limitaciones en la
convivencia, favoreciendo la inclusión social y promoviendo la cooperación y solidaridad social
en un determinado territorio.
Las ayudas para suministros mínimos vitales son ayudas económicas destinadas a personas
cuyos recursos económicos resulten insuficientes para hacer frente a gastos de consumo de
luz, agua y gas.
1. RÉGIMEN JURÍDICO.
Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; en la Ley
CVE:
BOP-2025-2192
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 8 de mayo de 2025
N.º 0086
Pág. 10297
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Alcuéscar
ANUNCIO. Convocatoria de Ayudas Económicas para garantizar a los/a
ciudadanos/as de Alcuéscar el derecho al acceso de Suministros Mínimos
Vitales para el año 2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2.003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
www.infosubvenciones.es
y en la página web del Ayuntamiento de Alcuéscar:
https://alcuescar.sedelectronica.es
El código de identificación que haya asignado la BDNS a la convocatoria es 828416.
CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA GARANTIZAR A LOS/AS
CIUDADANOS/AS DE ALCUÉSCAR EL DERECHO AL ACCESO DE SUMINISTROS
MÍNIMOS VITALES PARA EL AÑO 2025.
Los Servicios Sociales generales constituyen el primer nivel del Sistema Público de Servicios
Sociales y proporcionan una atención que tiene por objeto favorecer el acceso a los recursos
de los sistemas de bienestar social, generando alternativas a las carencias o limitaciones en la
convivencia, favoreciendo la inclusión social y promoviendo la cooperación y solidaridad social
en un determinado territorio.
Las ayudas para suministros mínimos vitales son ayudas económicas destinadas a personas
cuyos recursos económicos resulten insuficientes para hacer frente a gastos de consumo de
luz, agua y gas.
1. RÉGIMEN JURÍDICO.
Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; en la Ley
CVE:
BOP-2025-2192
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 8 de mayo de 2025
N.º 0086
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