Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villa del Campo. (BOP-2025-2187)
BOP-2025-2187 Estudio de viabilidad económico - financiero realizado por el SAEL para el expediente de licitación del contrato de concesión de servicio de Centro Residencial y Centro de Día.
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ESTUDIO DE VIABILIDAD ECONÓMICO-FINANCIERA RELATIVO A LA
CONCESIÓN DE LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE LA RESIDENCIA
DE MAYORES Y CENTRO DE DÍA DE VILLA DEL CAMPO
1. Objeto y justificación del estudio
El presente estudio constituye una actuación previa a la contratación de la concesión del
servicio de explotación del Centro de Día y Residencia de Mayores, situada en la
avenida Virgen de la Gracia 25D, 10.814 Villa del Campo.
En este documento se desarrollan los aspectos más importantes que configuran la
concesión del servicio, exponiendo las características, realizando una valoración y
justificando la viabilidad económica del servicio que se va a prestar en esta entidad
local.
El presente Estudio de Viabilidad Económico-Financiera se redacta de conformidad con
la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y
del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP).
Tal y como recoge el artículo 285 en su punto segundo, en los contratos de concesión de
servicios la tramitación del expediente irá precedida de la realización y aprobación de
un estudio de viabilidad de los mismos o, en su caso, de un estudio de viabilidad
económico-financiera. No se estipula, no obstante, en qué casos se podrá optar por una
opción u otra.
El contenido de dicho estudio, por analogía, será el establecido en el artículo 247.2 de la
LCSP, correspondiente a las actuaciones preparatorias del contrato de concesión de
obras.
Es por ello que, para determinar la idoneidad de una u otra figura de estudio
atenderemos a lo establecido en el artículo 247.6 de la LCSP que especifica que siempre
que sea de forma motivada, «por la naturaleza de la obra, por su finalidad o por la
cuantía de la inversión requerida», se podrá sustituir la elaboración de un estudio de
viabilidad por uno de la viabilidad económico-financiera del proyecto en cuestión.
En consecuencia, la LCSP establece la posibilidad de acordar la sustitución del estudio
de viabilidad por un estudio de viabilidad económico-financiera cuando se considere
suficiente en atención a la naturaleza y finalidad de la obra o cuantía de la inversión
requerida.
Teniendo en cuenta que en la concesión de servicios de explotación de la residencia y
centro de día de Villa del Campo no se prevé la realización de obras o inversiones de
cuantía significativa, más allá de aquellas obras de reforma puntuales que el
concesionario, de forma voluntaria, desee realizar, se estima suficiente la realización de
un análisis de la viabilidad económico-financiera.
2. Finalidad y justificación del servicio
1
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF20OO0DO0YMWV08GL4SG0CNKDF2A41W
DIPCC-PF20OO0DO0YMWV08GL4SG0CNKDF2A41W
|
Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
MARTA
CLEMENTE
POLO
-
JEFE
SECCION
ECONOMICO-
FINANCIERA
(DIPUTACION
DE
CACERES)
FERNANDO
LOPEZ
SALAZAR
-
DIRECTOR
AREAS
PRESIDENCIA
HACIENDA
Y
ASISTENCIA
EE
LL
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
31/03/2025
21:25
1/11
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2025-2187
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 7 de mayo de 2025
N.º 0085
Pág. 10276
CONCESIÓN DE LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE LA RESIDENCIA
DE MAYORES Y CENTRO DE DÍA DE VILLA DEL CAMPO
1. Objeto y justificación del estudio
El presente estudio constituye una actuación previa a la contratación de la concesión del
servicio de explotación del Centro de Día y Residencia de Mayores, situada en la
avenida Virgen de la Gracia 25D, 10.814 Villa del Campo.
En este documento se desarrollan los aspectos más importantes que configuran la
concesión del servicio, exponiendo las características, realizando una valoración y
justificando la viabilidad económica del servicio que se va a prestar en esta entidad
local.
El presente Estudio de Viabilidad Económico-Financiera se redacta de conformidad con
la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y
del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP).
Tal y como recoge el artículo 285 en su punto segundo, en los contratos de concesión de
servicios la tramitación del expediente irá precedida de la realización y aprobación de
un estudio de viabilidad de los mismos o, en su caso, de un estudio de viabilidad
económico-financiera. No se estipula, no obstante, en qué casos se podrá optar por una
opción u otra.
El contenido de dicho estudio, por analogía, será el establecido en el artículo 247.2 de la
LCSP, correspondiente a las actuaciones preparatorias del contrato de concesión de
obras.
Es por ello que, para determinar la idoneidad de una u otra figura de estudio
atenderemos a lo establecido en el artículo 247.6 de la LCSP que especifica que siempre
que sea de forma motivada, «por la naturaleza de la obra, por su finalidad o por la
cuantía de la inversión requerida», se podrá sustituir la elaboración de un estudio de
viabilidad por uno de la viabilidad económico-financiera del proyecto en cuestión.
En consecuencia, la LCSP establece la posibilidad de acordar la sustitución del estudio
de viabilidad por un estudio de viabilidad económico-financiera cuando se considere
suficiente en atención a la naturaleza y finalidad de la obra o cuantía de la inversión
requerida.
Teniendo en cuenta que en la concesión de servicios de explotación de la residencia y
centro de día de Villa del Campo no se prevé la realización de obras o inversiones de
cuantía significativa, más allá de aquellas obras de reforma puntuales que el
concesionario, de forma voluntaria, desee realizar, se estima suficiente la realización de
un análisis de la viabilidad económico-financiera.
2. Finalidad y justificación del servicio
1
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF20OO0DO0YMWV08GL4SG0CNKDF2A41W
DIPCC-PF20OO0DO0YMWV08GL4SG0CNKDF2A41W
|
Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
MARTA
CLEMENTE
POLO
-
JEFE
SECCION
ECONOMICO-
FINANCIERA
(DIPUTACION
DE
CACERES)
FERNANDO
LOPEZ
SALAZAR
-
DIRECTOR
AREAS
PRESIDENCIA
HACIENDA
Y
ASISTENCIA
EE
LL
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
31/03/2025
21:25
1/11
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2025-2187
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 7 de mayo de 2025
N.º 0085
Pág. 10276