Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2025-2150)
BOP-2025-2150 Constitución de Bolsa de Trabajo Concurso-Oposición Oficial Jardines.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Casar de Cáceres
Ayuntamiento de Casar de Cáceres
Plaza España, 1, Casar de Cáceres. 10190 (Cáceres). Tfno. 927290002. Fax: 927291064
El Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo de las pruebas,
que actuará bajo su dirección, cuando la complejidad del proceso selectivo lo aconseje.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con
los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
SÉPTIMA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos
Con carácter general, los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio de la
fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidos/as quienes no comparezcan, salvo en
los casos de fuerza mayor, debidamente justificados que serán apreciados y ponderados por el
Tribunal de Selección. Además de lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de
Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura, se hará
excepción en el llamamiento único por la coincidencia de hospitalización, con motivo de
embarazo y/o parto de las aspirantes, con el día de la celebración de alguna prueba en la que
tenga que participar.
A efectos de lo previsto en los apartados anteriores los/as aspirantes deberán presentar,
si fuera posible dentro del plazo de los cinco días hábiles anteriores o, en todo caso, dentro del
plazo de los cinco días hábiles posteriores a la realización de la prueba, un escrito dirigido a la
presidencia del Tribunal de Selección comunicando el hecho de la hospitalización o de la causa
de fuerza mayor acontecida, y adjuntando informe médico u otra documentación justificativa que
lo acredite, junto con la solicitud expresa del deseo de la realización de la prueba. En cualquier
caso, la situación del/de la aspirante quedará condicionada a la finalización del proceso selectivo
y a la superación de los ejercicios que hayan quedado aplazados, no pudiendo demorarse éstos
de manera que se menoscabe el derecho del resto de los/as aspirantes a una resolución del
proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal de Selección
y, en todo caso, la realización de los mismos tendrá lugar antes de la publicación de las listas
provisionales de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
En cualquier momento del desarrollo de los ejercicios, el Tribunal de Selección podrá
requerir a los/as aspirantes para que acrediten su identidad.
Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal
de Selección o del órgano convocante, que alguno de los/as aspirantes carece de los requisitos
necesarios para participar en la convocatoria, o bien, que se han producido variaciones de las
circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca del
cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al interesado/a. El órgano convocante,
de forma motivada, podrá, en su caso, declarar decaído en su derecho al interesado/a.
Una vez comenzado el procedimiento de selección, no será obligatoria la publicación de
los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en los Boletines Oficiales. En
dicho supuesto, estos anuncios se harán públicos por el órgano de selección en el tablón de
anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Casar de Cáceres
https://casardecaceres.sedelectronica.es/info.0 y en el Tablón de Anuncio del Ayuntamiento de
Casar de Cáceres, con veinticuatro horas al menos de antelación al comienzo de las mismas, si
se trata del mismo ejercicio, o de cuarenta y ocho si se trata de uno nuevo.
Cód.
Validación:
36PADKZGXAH4WG6HHFPA7GJEP
Verificación:
https://casardecaceres.sedelectronica.es/
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Martes, 6 de mayo de 2025
N.º 0084
Pág. 10118
Ayuntamiento de Casar de Cáceres
Plaza España, 1, Casar de Cáceres. 10190 (Cáceres). Tfno. 927290002. Fax: 927291064
El Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo de las pruebas,
que actuará bajo su dirección, cuando la complejidad del proceso selectivo lo aconseje.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con
los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
SÉPTIMA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos
Con carácter general, los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio de la
fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidos/as quienes no comparezcan, salvo en
los casos de fuerza mayor, debidamente justificados que serán apreciados y ponderados por el
Tribunal de Selección. Además de lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de
Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura, se hará
excepción en el llamamiento único por la coincidencia de hospitalización, con motivo de
embarazo y/o parto de las aspirantes, con el día de la celebración de alguna prueba en la que
tenga que participar.
A efectos de lo previsto en los apartados anteriores los/as aspirantes deberán presentar,
si fuera posible dentro del plazo de los cinco días hábiles anteriores o, en todo caso, dentro del
plazo de los cinco días hábiles posteriores a la realización de la prueba, un escrito dirigido a la
presidencia del Tribunal de Selección comunicando el hecho de la hospitalización o de la causa
de fuerza mayor acontecida, y adjuntando informe médico u otra documentación justificativa que
lo acredite, junto con la solicitud expresa del deseo de la realización de la prueba. En cualquier
caso, la situación del/de la aspirante quedará condicionada a la finalización del proceso selectivo
y a la superación de los ejercicios que hayan quedado aplazados, no pudiendo demorarse éstos
de manera que se menoscabe el derecho del resto de los/as aspirantes a una resolución del
proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal de Selección
y, en todo caso, la realización de los mismos tendrá lugar antes de la publicación de las listas
provisionales de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
En cualquier momento del desarrollo de los ejercicios, el Tribunal de Selección podrá
requerir a los/as aspirantes para que acrediten su identidad.
Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal
de Selección o del órgano convocante, que alguno de los/as aspirantes carece de los requisitos
necesarios para participar en la convocatoria, o bien, que se han producido variaciones de las
circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca del
cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al interesado/a. El órgano convocante,
de forma motivada, podrá, en su caso, declarar decaído en su derecho al interesado/a.
Una vez comenzado el procedimiento de selección, no será obligatoria la publicación de
los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en los Boletines Oficiales. En
dicho supuesto, estos anuncios se harán públicos por el órgano de selección en el tablón de
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Casar de Cáceres, con veinticuatro horas al menos de antelación al comienzo de las mismas, si
se trata del mismo ejercicio, o de cuarenta y ocho si se trata de uno nuevo.
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Martes, 6 de mayo de 2025
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Pág. 10118