Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-2145)
BOP-2025-2145 Convocatoria de Concesión de Prestaciones Económicas de Emergencia Social para el año 2025.
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y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos. En este caso, la
Administración deberá recabarlos electrónicamente a través de su red corporativa o de una
consulta a la plataforma de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos al efecto.
BASE SÉPTIMA.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.-
1. El presupuesto destinado a la presente convocatoria 2025 asciende a:
- A.- 760.426,59 €, imputándose a la aplicación presupuestaria 10-23101-48000 del
Presupuesto del IMAS para el ejercicio 2025, destinados a las ayudas no comprendidas en
los apartados B, C, y D, RC nº: 220250000252.
- B.- 8.000,00 €, imputándose a la aplicación presupuestaria 10-23101-48001 del
Presupuesto del IMAS para el ejercicio 2025, destinados a las ayudas para productos
farmacéuticos, RC nº: 220250000250.
- C.- 10.000,00 €, imputándose a la aplicación presupuestaria 10-23101-48000 del
Presupuesto del IMAS para el ejercicio 2025, destinados a las ayudas para leche
maternizada, RC nº: 220250000253.
- D.- 12.000,00 €, imputándose a la aplicación presupuestaria 10-23101-48002 del
Presupuesto del IMAS para el ejercicio 2025, destinados a las ayudas para alojamiento
alternativo, RC nº: 220250000254.
2. En aplicación de lo establecido en el acuerdo del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de
Cáceres de 17 de abril de 2019, corresponde al IMAS la expedición de la tarjeta acreditativa
de la tarifa social, a solicitud del interesado, previa comprobación de los requisitos exigidos
en el artículo 5.3 de la Ordenanza reguladora de las prestaciones económicas de
emergencia social del Instituto Municipal de Asuntos Sociales, compensándose por el
Ayuntamiento de Cáceres el déficit creado por la tarifa social a la empresa de transporte
urbano a través de la liquidación anual presentada.
BASE OCTAVA.- ORGANOS DE INSTRUCCIÓN, ORDENACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL
EXPEDIENTE
1.- Para el otorgamiento de la prestación económica, el interesado/a deberá presentar la
solicitud conforme al modelo Anexo I aprobado con la presente, junto con la documentación
a que se refiere la Base Sexta de la presente convocatoria.
2.- El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento será el IMAS,
que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación,
conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la
correspondiente propuesta de resolución.
La concesión de las subvenciones será resuelta y notificada individualmente por la
Presidencia del IMAS, en el plazo de 1 mes desde la entrada de la solicitud en el Registro
de entrada del Ayuntamiento de Cáceres, previo informe social del trabajador social en el
que se incluya la historia social única. La resolución adoptada pone fin a la vía administrativa
No obstante, cuando razones de interés público o la falta de complejidad del procedimiento
lo aconseje, el IMAS podrá acordar, de oficio o a solicitud del interesado la tramitación
simplificada del procedimiento, que deberá resolverse en el plazo de veinte días, a contar
CVE:
BOP-2025-2145
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de mayo de 2025
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