Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-2145)
BOP-2025-2145 Convocatoria de Concesión de Prestaciones Económicas de Emergencia Social para el año 2025.
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unidad de convivencia que lo posean en caso de nacionales. En el supuesto de extranjeros,
tarjeta de residente, pasaporte o cualquier otro documento con validez jurídica.
b). Certificado de empadronamiento colectivo de todos los miembros de la unidad de
convivencia o autorización al Ayuntamiento para recabarlo de oficio.
c). Copia compulsada de libro de familia. En caso de emancipación judicial o por
concesión de quienes ejerzan la patria potestad, deberá aportar la resolución judicial, la
escritura pública o la inscripción en el Registro Civil de la emancipación.
d). En caso de nulidad, separación o divorcio, deberá aportarse copia compulsada de la
sentencia o de las medidas provisionales acordadas y del convenio regulador, así como de
las medidas paterno-filiales.
e). Copia compulsada de la declaración sobre el Impuesto de la Renta de las Personas
Físicas o certificado de imputaciones en caso de no tener obligación de realizarla, del último
ejercicio de la persona solicitante y del resto de miembros de la unidad familiar, salvo que se
autorice a la Administración para recabar de oficio esta información.
En caso de no tener obligación de realizar la declaración de la renta, será sustituida por
certificado de pensiones de la Seguridad Social, certificación de la empresa acreditativa de
los haberes percibidos en el último año; certificado de la Dirección Provincial de SEPE de
prestaciones en la que conste si es o no perceptor de prestación o subsidio de desempleo.
En defecto de lo anterior, declaración responsable de carencia absoluta de rentas familiares.
f). Informe de vida laboral de los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años
expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social o autorización para recabar de
oficio estos datos.
g). Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la
condición de beneficiario de la ayuda, conforme a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley
General de Subvenciones.
2.- Con carácter específico y en función de la tipología de la prestación social, el solicitante
deberá aportar la siguiente documentación:
a). Gastos destinados a cubrir de forma puntual las necesidades básicas:
a.1) De alimentación e higiene, incluida la alimentación para celiacos:
- En el caso de personas celiacas, Prescripción facultativa cuando proceda.
a.2) Vestido, calzado y otros gastos básicos de la vida diaria
b) Mobiliario básico de la vivienda habitual:
- Presupuesto relativo al mobiliario de la vivienda
c) Agua, luz, gas
- Documentación acreditativa del título de propiedad, arrendamiento o cesión de uso de
la vivienda.
- Fotocopias compulsadas de las facturas pendientes de pago para las que solicita la
ayuda.
CVE:
BOP-2025-2145
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de mayo de 2025
N.º 0084
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