Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villamiel. (BOP-2025-1959)
BOP-2025-1959 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de venta ambulante.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Villamiel
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de venta ambulante.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Ordenanza
municipal reguladora de la venta ambulante en el término municipal de Villamiel, cuyo texto
íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el
cual se transcribe del siguiente tenor literal:
«Que en sesión ordinaria del Pleno de fecha 29 de octubre de 2024, con la asistencia de los
siguientes miembros de la corporación: Dña. Alba Baile González, como Alcaldesa, Dña.
Azucena García Matas, Dña. Beatriz Martin Povedano, Dña. Mercedes González González y D.
José Martín Baile, como concejales de la misma, entre otros se adoptó por MAYORIA
ABSOLUTA de los miembros de la corporación, cuatro (4) votos a favor y una (1) abstención
(Sra. Mª Mercedes González González), el siguiente, ACUERDO:
PRIMERO. Aprobar inicialmente la Ordenanza municipal reguladora de VENTA AMBULANTE,
en los términos en que figura en el expediente.
SEGUNDO. Someter dicha Ordenanza municipal a información pública y audiencia de los
interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del
Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o
sugerencias, que serán resueltas por la Corporación.
De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará
aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.
Simultáneamente, publicar el texto de la Ordenanza municipal en el portal web del
Ayuntamiento:
http://villamiel.sedelectronica.es
CVE:
BOP-2025-1959
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 22 de abril de 2025
N.º 0076
Pág. 9242
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Villamiel
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de venta ambulante.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Ordenanza
municipal reguladora de la venta ambulante en el término municipal de Villamiel, cuyo texto
íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el
cual se transcribe del siguiente tenor literal:
«Que en sesión ordinaria del Pleno de fecha 29 de octubre de 2024, con la asistencia de los
siguientes miembros de la corporación: Dña. Alba Baile González, como Alcaldesa, Dña.
Azucena García Matas, Dña. Beatriz Martin Povedano, Dña. Mercedes González González y D.
José Martín Baile, como concejales de la misma, entre otros se adoptó por MAYORIA
ABSOLUTA de los miembros de la corporación, cuatro (4) votos a favor y una (1) abstención
(Sra. Mª Mercedes González González), el siguiente, ACUERDO:
PRIMERO. Aprobar inicialmente la Ordenanza municipal reguladora de VENTA AMBULANTE,
en los términos en que figura en el expediente.
SEGUNDO. Someter dicha Ordenanza municipal a información pública y audiencia de los
interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del
Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o
sugerencias, que serán resueltas por la Corporación.
De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará
aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.
Simultáneamente, publicar el texto de la Ordenanza municipal en el portal web del
Ayuntamiento:
http://villamiel.sedelectronica.es
CVE:
BOP-2025-1959
Verificable
en:
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Martes, 22 de abril de 2025
N.º 0076
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