Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde del Fresno. (BOP-2025-1958)
BOP-2025-1958 Bases para acceder a las ayudas previstas para garantizar a los ciudadanos los suministros mínimos vitales en el año 2025.
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Ayuntamiento de Valverde del Fresno
Ayuntamiento de Valverde del Fresno
Plza. de la Constitución, 5, Valverde del Fresno. 10890 (Cáceres). Tfno. 927510013
4. No haber reintegrado las cuantías indebidamente abonadas, por causa imputable a los
beneficiarios, de una ayuda para suministros mínimos vitales concedida en los dos años
anteriores, a la presentación de la solicitud.
CUARTA.- PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
El plazo para poder solicitar las ayudas estará abierto, desde el día siguiente a la publicación de
la presente convocatoria en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la
Provincia y hasta que se agote el crédito correspondiente al año 2025 de la transferencia
corriente realizada para este fin por la Consejería de Salud y Servicios Sociales, y en todo caso,
hasta el día 30 de noviembre de 2025. Las personas interesadas presentarán su solicitud
conforme al modelo establecido en la presente convocatoria. Los interesados/as, deberán
entregar la solicitud debidamente cumplimentada, con toda la documentación necesaria en
registro general de entrada del Ayuntamiento o bien, mediante el procedimiento que regula el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas.
QUINTA.- PRESUPUESTO.
A esta convocatoria está destinada como máximo una cuantía de 10.825€, con cargo a la
aplicación presupuestaria correspondiente. Esa cuantía es la máxima que se podrá aprobar en la
presente convocatoria para todas las solicitudes que se presenten, dando por cerrada la
convocatoria en el momento que se agote el crédito dispuesto.
SEXTA.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación, según proceda en función de las
circunstancias de cada unidad familiar o de convivencia:
➢ Modelo de solicitud conforme al formato establecido en la presente convocatoria.
➢ Fotocopia de DNI, o en su caso, el NIE, de la persona solicitante, y de todos los miembros
de la unidad convivencia, en vigor.
➢ Fotocopia del libro de familia. No presentar en el caso de que se autorice su consulta por
parte de este Ayuntamiento.
➢ Volante de convivencia del solicitante. No presentar en el caso de que se autorice su
consulta por parte de este Ayuntamiento.
➢ Volante de empadronamiento histórico del solicitante.
➢ Declaración Jurada de Ingresos y Gastos de la Unidad Familiar y Autorización para
comprobar los datos.
➢ Informe de Vida Laboral emitido por la TGSS del solicitante y de todos los miembros
mayores de 16 años de la Unidad Familiar. No presentar en el caso de que se autorice su
consulta por parte de este Ayuntamiento.
➢ Certificado del Servicio Estatal Público de Empleo de prestaciones, subsidios, u otras
ayudas de todos los miembros de la unidad de convivencia. No presentar en el caso de
que se autorice su consulta por parte de este Ayuntamiento.
CVE:
BOP-2025-1958
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 22 de abril de 2025
N.º 0076
Pág. 9239
Ayuntamiento de Valverde del Fresno
Plza. de la Constitución, 5, Valverde del Fresno. 10890 (Cáceres). Tfno. 927510013
4. No haber reintegrado las cuantías indebidamente abonadas, por causa imputable a los
beneficiarios, de una ayuda para suministros mínimos vitales concedida en los dos años
anteriores, a la presentación de la solicitud.
CUARTA.- PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
El plazo para poder solicitar las ayudas estará abierto, desde el día siguiente a la publicación de
la presente convocatoria en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la
Provincia y hasta que se agote el crédito correspondiente al año 2025 de la transferencia
corriente realizada para este fin por la Consejería de Salud y Servicios Sociales, y en todo caso,
hasta el día 30 de noviembre de 2025. Las personas interesadas presentarán su solicitud
conforme al modelo establecido en la presente convocatoria. Los interesados/as, deberán
entregar la solicitud debidamente cumplimentada, con toda la documentación necesaria en
registro general de entrada del Ayuntamiento o bien, mediante el procedimiento que regula el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas.
QUINTA.- PRESUPUESTO.
A esta convocatoria está destinada como máximo una cuantía de 10.825€, con cargo a la
aplicación presupuestaria correspondiente. Esa cuantía es la máxima que se podrá aprobar en la
presente convocatoria para todas las solicitudes que se presenten, dando por cerrada la
convocatoria en el momento que se agote el crédito dispuesto.
SEXTA.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación, según proceda en función de las
circunstancias de cada unidad familiar o de convivencia:
➢ Modelo de solicitud conforme al formato establecido en la presente convocatoria.
➢ Fotocopia de DNI, o en su caso, el NIE, de la persona solicitante, y de todos los miembros
de la unidad convivencia, en vigor.
➢ Fotocopia del libro de familia. No presentar en el caso de que se autorice su consulta por
parte de este Ayuntamiento.
➢ Volante de convivencia del solicitante. No presentar en el caso de que se autorice su
consulta por parte de este Ayuntamiento.
➢ Volante de empadronamiento histórico del solicitante.
➢ Declaración Jurada de Ingresos y Gastos de la Unidad Familiar y Autorización para
comprobar los datos.
➢ Informe de Vida Laboral emitido por la TGSS del solicitante y de todos los miembros
mayores de 16 años de la Unidad Familiar. No presentar en el caso de que se autorice su
consulta por parte de este Ayuntamiento.
➢ Certificado del Servicio Estatal Público de Empleo de prestaciones, subsidios, u otras
ayudas de todos los miembros de la unidad de convivencia. No presentar en el caso de
que se autorice su consulta por parte de este Ayuntamiento.
CVE:
BOP-2025-1958
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 22 de abril de 2025
N.º 0076
Pág. 9239