Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2025-1952)
BOP-2025-1952 Bases de la convocatoria de ayudas a las mujeres victimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.
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-Nota informativa actualizada de empadronamiento y convivencia
-Informe de vida laboral de los/as miembros de la unidad familiar mayores de 16 años
-Certificado del SEPE de prestaciones y subsidios de los mayores de 16 años.
Y será obligado presentar la siguiente documentación:
-DNI SOLICITANTE, CONTRATO ALQUILER, SITUACIÓN POR LA QUE ACCEDE A LA
AYUDA. ALTA A TERCEROS DEL PROPIETARIO VVDA.
11.º PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LA AYUDA
Recibida la solicitud el Dpto de Servicios Sociales realizará cuantas actuaciones estime
necesarias para la comprobación del cumplimiento de los requisitos, requiriendo a la persona
solicitante la aportación de la documentación que sea necesaria para la valoración de su
situación como colectivo especialmente vulnerable.
La concesión de la ayuda será resuelta y notificada individualmente a los/las solicitantes por el
órgano competente En la convocatoria se publicará un formulario de solicitud y de declaración
responsable a que se refiere el artículo 24.2 del Decreto 202/2016, de 14 de diciembre.
El procedimiento se iniciará a instancia del/la interesado/a, previa valoración favorable del/la
Trabajador/a Social, debidamente firmado y cumplimentado, según modelo que se adjunta a la
presente convocatoria como ANEXO I y que se podrá obtener directamente en el Dpto. de
Servicios Sociales y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento.A la solicitud deberá
acompañarse la documentación indicada en dicho ANEXO y la misma ha de presentarse en el
Centro de Servicios Sociales.
Se procederá por resolución de Decreto de Alcaldía ante la situación de urgencia y de
necesidad ineludible de las ayudas para gastos básicos de suministros de luz y agua junto con
el informe favorable de los Trabajadores Sociales y la propuesta de la Concejalía de Servicios
Sociales y Mayores. Desde dicha Concejalía y a la vista del expediente y del informe favorable
del profesional de Trabajo Social, formulará la propuesta de resolución provisional la cual se
notificará individualmente al interesado/a, quien tendrá derecho de presentar alegaciones en el
plazo de 5 días hábiles. Ante las mismas se procederá a emitir la contestación correspondiente
a través de nueva notificación y finalmente se elevará propuesta de resolución definitiva.
El órgano competente para la resolución del procedimiento de concesión regido por las
presentes bases será resolución mediante Decreto de Alcaldía.
CVE:
BOP-2025-1952
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 22 de abril de 2025
N.º 0076
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