Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2025-1933)
BOP-2025-1933 EXTRACTO. Convocatoria para la Concesión de Subvenciones en materia de Premios Concurso de Carrozas 2025, año 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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8. Propuesta de resolución provisional, resolución definitiva, plazos y notificación.
De conformidad con el Artículo 7 de la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del
Ayuntamiento de Alcuéscar:
Instrucción del procedimiento:
El órgano instructor se designará en la convocatoria.
Si la subvención es en materia de deportes, se nombrará al/a Concejal/a de Deportes; si es en
materia de finalidades culturales, al/a Concejal/a de Cultura; si es en materia sanitaria, al/a
Concejal/a de Sanidad, etc.
Las actividades de instrucción comprenderán las siguientes actividades:
- Petición de cuantos informes se considere necesario para resolver o que sean exigidos
por las normas que regulan la subvención.
- Evaluación de las solicitudes o peticiones, efectuada conforme con los criterios, formas
y prioridades de valoración establecidos en la norma reguladora de la subvención o en
su caso en la convocatoria.
[Se podrá contemplar la posibilidad de establecer una fase de pre-evaluación en la que se
verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de
beneficiario/a de la subvención.]
Esta podrá prever una fase de pre-evaluación, en la que se verifica el cumplimiento de las
condiciones impuestas para adquirir la condición de beneficiario/a de la subvención.
Una vez evaluadas las solicitudes, se remitirá el expediente al órgano colegiado que, en
cumplimiento del artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, haya establecido las
bases reguladoras, que emitirá informe sobre las solicitudes.
En este supuesto, y sin perjuicio de las especialidades que pudieran derivarse de la capacidad
de autoorganización de las Administraciones Públicas, la propuesta de concesión se formulará
al órgano concedente por un órgano colegiado a través del órgano instructor. La composición
del órgano será la que establezcan las correspondientes bases reguladoras. Se podrá
prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimiento ni sean tenidos en
cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los/as interesados/as.
En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva.
CVE:
BOP-2025-1933
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 22 de abril de 2025
N.º 0076
Pág. 9128
De conformidad con el Artículo 7 de la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del
Ayuntamiento de Alcuéscar:
Instrucción del procedimiento:
El órgano instructor se designará en la convocatoria.
Si la subvención es en materia de deportes, se nombrará al/a Concejal/a de Deportes; si es en
materia de finalidades culturales, al/a Concejal/a de Cultura; si es en materia sanitaria, al/a
Concejal/a de Sanidad, etc.
Las actividades de instrucción comprenderán las siguientes actividades:
- Petición de cuantos informes se considere necesario para resolver o que sean exigidos
por las normas que regulan la subvención.
- Evaluación de las solicitudes o peticiones, efectuada conforme con los criterios, formas
y prioridades de valoración establecidos en la norma reguladora de la subvención o en
su caso en la convocatoria.
[Se podrá contemplar la posibilidad de establecer una fase de pre-evaluación en la que se
verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de
beneficiario/a de la subvención.]
Esta podrá prever una fase de pre-evaluación, en la que se verifica el cumplimiento de las
condiciones impuestas para adquirir la condición de beneficiario/a de la subvención.
Una vez evaluadas las solicitudes, se remitirá el expediente al órgano colegiado que, en
cumplimiento del artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, haya establecido las
bases reguladoras, que emitirá informe sobre las solicitudes.
En este supuesto, y sin perjuicio de las especialidades que pudieran derivarse de la capacidad
de autoorganización de las Administraciones Públicas, la propuesta de concesión se formulará
al órgano concedente por un órgano colegiado a través del órgano instructor. La composición
del órgano será la que establezcan las correspondientes bases reguladoras. Se podrá
prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimiento ni sean tenidos en
cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los/as interesados/as.
En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva.
CVE:
BOP-2025-1933
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 22 de abril de 2025
N.º 0076
Pág. 9128