Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2025-1928)
BOP-2025-1928 Convenio de Adhesión al Consorcio MásMedio para la Gestión de Servicios Medioambientales suscrito con la Mancomunidad Valle del Jerte.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
14
un representante por cada Mancomunidad consorciada, que será su presidente o
su vicepresidente por delegación de aquel, en su caso.
A efectos de lo previsto en el art. 26, en los casos en que coincidan en la misma
persona los cargos de Presidente/a, Vicepresidente/a o Diputado/a Provincial con
el de Alcalde/sa, será imprescindible dicha delegación al objeto de ejercer la
votación.
2.- El mandato de todos los miembros de la Junta General será de cuatro años,
coincidiendo con el mandato de las Corporaciones Locales y, en todo caso, cesará
cuando pierdan la cualidad de miembros de la Corporación respectiva.
3.- Asimismo, serán miembros de la Junta General, actuando con voz pero sin voto:
- El gerente del consorcio.
- El Secretario/a o el funcionario/a en el que se haya producido la oportuna
delegación administrativa.
- El responsable del control y fiscalización interna y la tesorería del consorcio.
4.- Son atribuciones de la Junta General:
a) La aprobación del programa anual, con la especificación de los servicios a
establecer o suprimir y la determinación de las formas o sistemas de gestión de los
mismos.
b) La aprobación de los presupuestos, los cuales deberán ser integrados en los de la
Excma. Diputación Provincial de Cáceres, cuentas y cualquier otra clase de
compromiso.
c) Acordar la separación de las entidades consorciadas y determinación de la cuota
de separación.
d) La modificación de los estatutos del consorcio.
e) Acordar la disolución del consorcio.
f) La aprobación de la relación de puestos de trabajo.
g) Fiscalizar la actuación de todos los órganos de gobierno y de ejecución del
consorcio.
CVE:
BOP-2025-1928
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 22 de abril de 2025
N.º 0076
Pág. 9084
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su vicepresidente por delegación de aquel, en su caso.
A efectos de lo previsto en el art. 26, en los casos en que coincidan en la misma
persona los cargos de Presidente/a, Vicepresidente/a o Diputado/a Provincial con
el de Alcalde/sa, será imprescindible dicha delegación al objeto de ejercer la
votación.
2.- El mandato de todos los miembros de la Junta General será de cuatro años,
coincidiendo con el mandato de las Corporaciones Locales y, en todo caso, cesará
cuando pierdan la cualidad de miembros de la Corporación respectiva.
3.- Asimismo, serán miembros de la Junta General, actuando con voz pero sin voto:
- El gerente del consorcio.
- El Secretario/a o el funcionario/a en el que se haya producido la oportuna
delegación administrativa.
- El responsable del control y fiscalización interna y la tesorería del consorcio.
4.- Son atribuciones de la Junta General:
a) La aprobación del programa anual, con la especificación de los servicios a
establecer o suprimir y la determinación de las formas o sistemas de gestión de los
mismos.
b) La aprobación de los presupuestos, los cuales deberán ser integrados en los de la
Excma. Diputación Provincial de Cáceres, cuentas y cualquier otra clase de
compromiso.
c) Acordar la separación de las entidades consorciadas y determinación de la cuota
de separación.
d) La modificación de los estatutos del consorcio.
e) Acordar la disolución del consorcio.
f) La aprobación de la relación de puestos de trabajo.
g) Fiscalizar la actuación de todos los órganos de gobierno y de ejecución del
consorcio.
CVE:
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