Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tornavacas. (BOP-2025-1861)
BOP-2025-1861 Aprobación definitiva Modificación Ordenanza Reguladora de la Tasa por Licencias Urbanísticas e Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras.
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Ayuntamiento de Tornavacas (Cáceres)
- Anuncios publicitarios.
- Vallados de espacios libres.
- Zanjas y canalizaciones subterráneas.
- Instalaciones de depósitos.
- Acometidas de Agua y Saneamiento.
- Pasos de carruajes.
- Instalaciones en vía pública (postes, buzones, cabinas, quioscos, etc.)
- Conducciones aéreas.
Todas las demás obras no relacionadas en este apartado y que además no posean las
características que en el mismo se expresan, tendrán la consideración de Obra Mayor.
3. Para la determinación de la base se tendrán en cuenta aquellos supuestos en que la misma
esté en función del coste real de las obras o instalaciones: en las obras menores el
presupuesto presentado por los particulares y en las generales, el que figure en el proyecto
visado por el Colegio profesional correspondiente. Dichos presupuestos irán adicionados, en
cuanto a las obras mayores, con el porcentaje de Beneficio Industrial por la realización de la
obra y la Dirección Facultativa, valorándose, en todos los casos, por los Servicios Técnicos
Municipales, si no fueran representativos de los precios en el momento de concederse la
licencia.
4. Lo dispuesto en el número anterior se entenderá sin perjuicio de la liquidación municipal que
se practique a la vista de la declaración del interesado y la comprobación que se realice de la
inicial, todo ello, con referencia a las obras efectivamente realizadas y su valoración real.
Artículo 7. TIPOS DE GRAVAMEN
1. Como tasa administrativa de expedición de la licencia de obra o renovación de la misma: 70
euros
2. Los tipos a aplicar por cada impuesto de construcciones, instalaciones y obra, serán los
siguientes:
Epígrafe primero:
- Obras, instalaciones y construcciones en general, incluidas las demoliciones,
devengarán el 1,2 por ciento de la base.
Epígrafe segundo:
Ayuntamiento de Tornavacas (Cáceres)
Plaza Mayor, nº 4, Tornavacas. 10611 (Cáceres). Tfno. 927177018. Fax: 927177004
Cód.
Validación:
AJZY9379QGLJEXHZK7ZMKMJW7
Verificación:
https://tornavacas.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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CVE:
BOP-2025-1861
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 15 de abril de 2025
N.º 0073
Pág. 8734
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- Zanjas y canalizaciones subterráneas.
- Instalaciones de depósitos.
- Acometidas de Agua y Saneamiento.
- Pasos de carruajes.
- Instalaciones en vía pública (postes, buzones, cabinas, quioscos, etc.)
- Conducciones aéreas.
Todas las demás obras no relacionadas en este apartado y que además no posean las
características que en el mismo se expresan, tendrán la consideración de Obra Mayor.
3. Para la determinación de la base se tendrán en cuenta aquellos supuestos en que la misma
esté en función del coste real de las obras o instalaciones: en las obras menores el
presupuesto presentado por los particulares y en las generales, el que figure en el proyecto
visado por el Colegio profesional correspondiente. Dichos presupuestos irán adicionados, en
cuanto a las obras mayores, con el porcentaje de Beneficio Industrial por la realización de la
obra y la Dirección Facultativa, valorándose, en todos los casos, por los Servicios Técnicos
Municipales, si no fueran representativos de los precios en el momento de concederse la
licencia.
4. Lo dispuesto en el número anterior se entenderá sin perjuicio de la liquidación municipal que
se practique a la vista de la declaración del interesado y la comprobación que se realice de la
inicial, todo ello, con referencia a las obras efectivamente realizadas y su valoración real.
Artículo 7. TIPOS DE GRAVAMEN
1. Como tasa administrativa de expedición de la licencia de obra o renovación de la misma: 70
euros
2. Los tipos a aplicar por cada impuesto de construcciones, instalaciones y obra, serán los
siguientes:
Epígrafe primero:
- Obras, instalaciones y construcciones en general, incluidas las demoliciones,
devengarán el 1,2 por ciento de la base.
Epígrafe segundo:
Ayuntamiento de Tornavacas (Cáceres)
Plaza Mayor, nº 4, Tornavacas. 10611 (Cáceres). Tfno. 927177018. Fax: 927177004
Cód.
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Martes, 15 de abril de 2025
N.º 0073
Pág. 8734