Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tornavacas. (BOP-2025-1861)
BOP-2025-1861 Aprobación definitiva Modificación Ordenanza Reguladora de la Tasa por Licencias Urbanísticas e Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras.
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Ayuntamiento de Tornavacas (Cáceres)
- Artículo 8: Exenciones, reducciones y demás beneficios aplicables
- Artículo 9: Normas de gestión
- Artículo 10: Normas de gestión
- Artículo 11: Normas de gestión
- Artículo 12: Normas de gestión
- Artículo 13: Normas de gestión
- Artículo 14: Normas de gestión
- Artículo 15: Normas de gestión
- Artículo 16: Normas de gestión
- Artículo 17: Normas de gestión
- Artículo 18: Normas de gestión
- Artículo 19: Normas de gestión
- Artículo 20: Infracciones y sanciones tributarias
- Artículo 21: Infracciones y sanciones tributarias
- Artículo 22: Infracciones y sanciones tributarias
Artículo 1. FUNDAMENTO Y NATURALEZA
1. Este Ayuntamiento conforme a lo autorizado por el artículo 106 de la Ley 7/85 de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local y de acuerdo con lo previsto en el artículo 58 de la
Ley 39/88 de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, establece la Tasa por
Licencias urbanísticas, que se regulará por la presente Ordenanza, redactada conforme a lo
dispuesto en los artículos 20 a 27 de la Ley 39/88 citada.
2. Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la
Constitución Española, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 105 y 106 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 15.1 en concordancia con el artículo 59.2 del Texto Refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de
5 de marzo, establece el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, que se regirá
por la presente Ordenanza fiscal cuyas normas atienden a lo previsto en los artículos 100 a
103 del citado texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Artículo 2. HECHO IMPONIBLE
1. El hecho imponible de la tasa de licencia de obras está determinado por la expedición
Ayuntamiento de Tornavacas (Cáceres)
Plaza Mayor, nº 4, Tornavacas. 10611 (Cáceres). Tfno. 927177018. Fax: 927177004
Cód.
Validación:
AJZY9379QGLJEXHZK7ZMKMJW7
Verificación:
https://tornavacas.sedelectronica.es/
Documento
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electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2025-1861
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Martes, 15 de abril de 2025
N.º 0073
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