Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Moheda (E.L.M.). (BOP-2025-1849)
BOP-2025-1849 Plan económico-financiero.
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ELM La Moheda de Gata
Sentada la naturaleza del remanente de tesorería afectado cabe entender que sus
efectos sobre la situación económico financiera de una entidad local en nada coinciden
con los derivados de otros recursos financieros que exigen un reembolso de las
cantidades recibidas y por ello parece lógico que el tipo de medidas a implementar en el
plan económico financiero deban acomodarse a la situación descrita.
La primera consideración sobre las medidas a aprobar parte de la imposibilidad de
admitirse, como medida del plan para corregir el incumplimiento de la regla de gasto, la
no utilización del remanente de tesorería de carácter afectado por la ya citada obligación
legal de su utilización, ni el de carácter general ya que carece de sentido económico
renunciar al ahorro generado por la entidad local para la financiación de gastos
presupuestarios acudiendo a otras fuentes de financiación con coste para la entidad local.
De este modo el presente Plan Económico-Financiero consistirá en el compromiso de
cumplir la Estabilidad y la Regla de Gasto en el ejercicio 2025 y 2026, mediante la
congelación del gasto durante la vigencia del Plan Econónimo-Financiero.
El mencionado límite de gasto computable para el ejercicio 2026 queda definido
mediante el incremento de las tasas de variación correspondiente a los ejercicios 2024
(2,6 %), 2025 (3,2 %) y 2026 (3,3 %).
IV.- CONCLUSIONES
1º.- El Ayuntamiento de La Moheda de Gata, según los criterios establecidos en el SEC
2010 no tiene ningún ente dependiente.
2º.- Analizada la situación económica del mismo, derivada de la liquidación del
presupuesto del ejercicio 2024, podemos afirmar que dicho Ayuntamiento incumple la
Regla de Gasto.
3º.- Por lo que se refiere al incumplimiento de la Regla de Gasto, se produce por un
crecimiento del gasto computable, en la liquidación de 2024 se elevó en una tasa del
10,24 % (por encima de la máxima permitida, del 2,6 %), superándose el total de
incremento máximo permitido, de 375.519,33 euros, lo que ha dado lugar al
incumplimiento de la Regla de Gasto por importe de 27.956,83 euros. Dicho
incumplimiento está asociado a un aumento del gasto del capítulo I de un 39,50%, que no
se ha compensado con las reducciones de los capítulos II (8,32%) y VI (25,71%).
4º.- Mediante la aprobación del presente PEF se adquiere el compromiso de cumplir la
Estabilidad y la Regla de Gasto en el ejercicio 2025, ejecutando por debajo del límite
máximo previsto en regla de gasto.
ELM La Moheda de Gata
Plaza de España nº 1, La Moheda de Gata. 10849 (Cáceres). Tfno. 927140109. Fax: 927140109
Cód.
Validación:
9RG6ALLA7D49S6TWCW97JKHMY
Verificación:
https://lamohedadegata.sedelectronica.es/
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Martes, 15 de abril de 2025
N.º 0073
Pág. 8686
Sentada la naturaleza del remanente de tesorería afectado cabe entender que sus
efectos sobre la situación económico financiera de una entidad local en nada coinciden
con los derivados de otros recursos financieros que exigen un reembolso de las
cantidades recibidas y por ello parece lógico que el tipo de medidas a implementar en el
plan económico financiero deban acomodarse a la situación descrita.
La primera consideración sobre las medidas a aprobar parte de la imposibilidad de
admitirse, como medida del plan para corregir el incumplimiento de la regla de gasto, la
no utilización del remanente de tesorería de carácter afectado por la ya citada obligación
legal de su utilización, ni el de carácter general ya que carece de sentido económico
renunciar al ahorro generado por la entidad local para la financiación de gastos
presupuestarios acudiendo a otras fuentes de financiación con coste para la entidad local.
De este modo el presente Plan Económico-Financiero consistirá en el compromiso de
cumplir la Estabilidad y la Regla de Gasto en el ejercicio 2025 y 2026, mediante la
congelación del gasto durante la vigencia del Plan Econónimo-Financiero.
El mencionado límite de gasto computable para el ejercicio 2026 queda definido
mediante el incremento de las tasas de variación correspondiente a los ejercicios 2024
(2,6 %), 2025 (3,2 %) y 2026 (3,3 %).
IV.- CONCLUSIONES
1º.- El Ayuntamiento de La Moheda de Gata, según los criterios establecidos en el SEC
2010 no tiene ningún ente dependiente.
2º.- Analizada la situación económica del mismo, derivada de la liquidación del
presupuesto del ejercicio 2024, podemos afirmar que dicho Ayuntamiento incumple la
Regla de Gasto.
3º.- Por lo que se refiere al incumplimiento de la Regla de Gasto, se produce por un
crecimiento del gasto computable, en la liquidación de 2024 se elevó en una tasa del
10,24 % (por encima de la máxima permitida, del 2,6 %), superándose el total de
incremento máximo permitido, de 375.519,33 euros, lo que ha dado lugar al
incumplimiento de la Regla de Gasto por importe de 27.956,83 euros. Dicho
incumplimiento está asociado a un aumento del gasto del capítulo I de un 39,50%, que no
se ha compensado con las reducciones de los capítulos II (8,32%) y VI (25,71%).
4º.- Mediante la aprobación del presente PEF se adquiere el compromiso de cumplir la
Estabilidad y la Regla de Gasto en el ejercicio 2025, ejecutando por debajo del límite
máximo previsto en regla de gasto.
ELM La Moheda de Gata
Plaza de España nº 1, La Moheda de Gata. 10849 (Cáceres). Tfno. 927140109. Fax: 927140109
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N.º 0073
Pág. 8686