Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Moheda (E.L.M.). (BOP-2025-1849)
BOP-2025-1849 Plan económico-financiero.
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ELM La Moheda de Gata
1.3.2 Deuda Comercial y PMP
Denominación Deuda
comercial
corriente
Deuda
comercial
cerrados
Saldo 413 Total Deuda
Comercial
PMP
Ayuntamiento de La
Moheda de Gata
23.679,24 € 509,58 € 0,00 € 24.188,82 €
13,55
días
Los criterios seguidos en la elaboración de las previsiones anteriores son los siguientes:
- Se prevé un crecimiento lineal del presupuesto de ingresos y gastos en un
0,8% con respecto al ejercicio anterior, al objeto de absorber el efecto de la
inflación prevista
- Estimamos gastos financiados con fondos finalista por importe de 257.408,78
euros, igual que en el ejercicio 2024.
- No se prevé la concertación de operaciones de crédito.
- A la vista de la tendencia observada en 2024, se prevé reducir la deuda
comercial a cero y cumplir el PMP.
Con estas premisas, en la liquidación del ejercicio 2026 se prevé un cumplimiento del
principio de estabilidad presupuestaria por importe de 151.552,37 euros y un
cumplimiento de la regla de gasto de 8.159,81 euros.
III.- MEDIDAS, DESCRIPCIÓN, CUANTIFICACIÓN Y CALENDARIO
La Orden EHA 3565/2008 de 3 de diciembre, por la que se aprueba la Estructura de
Presupuestos de las Entidades Locales, dispone que las aplicaciones al presupuesto de
los ingresos contenidos en el remanente de tesorería se recogerán, a lo largo del
ejercicio, en el capítulo 8 del presupuesto de ingresos de cada entidad local, sin que en
ningún caso tales ingresos puedan formar parte de los créditos iniciales del presupuesto.
Considerando lo expuesto, el remanente de tesorería se configura como un ingreso
financiero cuya utilización exige la tramitación de un expediente de modificación
presupuestaria para destinarlo a la financiación del fin impuesto por una norma con
rango de ley de forma que, si financia gastos de carácter no financiero, dará lugar
necesariamente a un incumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria y,
posiblemente, el límite fijado por la regla de gasto.
La garantía del principio de estabilidad presupuestaria se consagra en el artículo 135 de
ELM La Moheda de Gata
Plaza de España nº 1, La Moheda de Gata. 10849 (Cáceres). Tfno. 927140109. Fax: 927140109
Cód.
Validación:
9RG6ALLA7D49S6TWCW97JKHMY
Verificación:
https://lamohedadegata.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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25
CVE:
BOP-2025-1849
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 15 de abril de 2025
N.º 0073
Pág. 8684
1.3.2 Deuda Comercial y PMP
Denominación Deuda
comercial
corriente
Deuda
comercial
cerrados
Saldo 413 Total Deuda
Comercial
PMP
Ayuntamiento de La
Moheda de Gata
23.679,24 € 509,58 € 0,00 € 24.188,82 €
13,55
días
Los criterios seguidos en la elaboración de las previsiones anteriores son los siguientes:
- Se prevé un crecimiento lineal del presupuesto de ingresos y gastos en un
0,8% con respecto al ejercicio anterior, al objeto de absorber el efecto de la
inflación prevista
- Estimamos gastos financiados con fondos finalista por importe de 257.408,78
euros, igual que en el ejercicio 2024.
- No se prevé la concertación de operaciones de crédito.
- A la vista de la tendencia observada en 2024, se prevé reducir la deuda
comercial a cero y cumplir el PMP.
Con estas premisas, en la liquidación del ejercicio 2026 se prevé un cumplimiento del
principio de estabilidad presupuestaria por importe de 151.552,37 euros y un
cumplimiento de la regla de gasto de 8.159,81 euros.
III.- MEDIDAS, DESCRIPCIÓN, CUANTIFICACIÓN Y CALENDARIO
La Orden EHA 3565/2008 de 3 de diciembre, por la que se aprueba la Estructura de
Presupuestos de las Entidades Locales, dispone que las aplicaciones al presupuesto de
los ingresos contenidos en el remanente de tesorería se recogerán, a lo largo del
ejercicio, en el capítulo 8 del presupuesto de ingresos de cada entidad local, sin que en
ningún caso tales ingresos puedan formar parte de los créditos iniciales del presupuesto.
Considerando lo expuesto, el remanente de tesorería se configura como un ingreso
financiero cuya utilización exige la tramitación de un expediente de modificación
presupuestaria para destinarlo a la financiación del fin impuesto por una norma con
rango de ley de forma que, si financia gastos de carácter no financiero, dará lugar
necesariamente a un incumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria y,
posiblemente, el límite fijado por la regla de gasto.
La garantía del principio de estabilidad presupuestaria se consagra en el artículo 135 de
ELM La Moheda de Gata
Plaza de España nº 1, La Moheda de Gata. 10849 (Cáceres). Tfno. 927140109. Fax: 927140109
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Martes, 15 de abril de 2025
N.º 0073
Pág. 8684