Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2025-1786)
BOP-2025-1786 Convocatoria para la constitución de una Bolsa de trabajo temporal de Ingeniero/a Civil.
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Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
DEA 0,30
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de
nivel superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el
Ministerio que tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de
Consejo de ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de
Universidades, Centros y Títulos (RUCT), o bien en el Sistema Nacional de Cualificaciones y
de Formación Profesional (SNCFP), según corresponda a las plazas convocadas.
Se acreditarán mediante su certificado de correspondencia.
B) Servicios Prestados: Máximo 2,4 puntos.
Por servicios prestados en Administraciones Públicas, en calidad de funcionario de
carrera o interino, o contratado laboral fijo, temporal o indefinido no fijo de plantilla, en
plaza igual a la que se convoca o con funciones idénticas o análogas, en
su contenido profesional y en su nivel técnico, a las de las del cuerpo, escala y subescala o
categoría profesional a la que se opta, aunque tengan distinta denominación: Se asignará una
puntuación de 0,025 puntos por mes, hasta un máximo de 2,40 puntos.
Se entenderá por Administración Pública lo dispuesto en el artículo 2.3 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas
Por servicios prestados, por cuenta propia o ajena, en el Sector Público o Privado,
en puestos con funciones idénticas o análogas, en su contenido profesional y en su nivel
técnico, a las de las del cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se opta: Se
asignará una puntuación de 0,005 puntos por mes, hasta un máximo de 0,48 puntos.
Acreditación de los méritos de Experiencia
1. Los méritos de experiencia se acreditarán para los servicios prestados en
Administraciones Públicas, mediante certificación expedida por el responsable de la unidad
administrativa en la que hubiera prestados sus servicios, en la cual deberá constar la
siguiente información:
- Puesto y funciones realizadas.
- Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
2. Los servicios prestados en el sector público o privado, se acreditarán, bien mediante
certificación de la empresa, en la cual deberá constar la siguiente información:
Plaza de España, 1 ■ Teléfonos: 927 53 01 00 – 927 53 01 04 – 927 53 08 04 ■ Fax: 927 53 53 60 ■ 10300 NAVALMORAL DE LA MATA ( Cáceres)
Cód.
Validación:
7EJQT9ZDTF6MCW6Y357P7D5M2
Verificación:
https://aytonavalmoral.sedelectronica.es/
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electrónicamente
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Viernes, 11 de abril de 2025
N.º 0071
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DEA 0,30
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de
nivel superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el
Ministerio que tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de
Consejo de ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de
Universidades, Centros y Títulos (RUCT), o bien en el Sistema Nacional de Cualificaciones y
de Formación Profesional (SNCFP), según corresponda a las plazas convocadas.
Se acreditarán mediante su certificado de correspondencia.
B) Servicios Prestados: Máximo 2,4 puntos.
Por servicios prestados en Administraciones Públicas, en calidad de funcionario de
carrera o interino, o contratado laboral fijo, temporal o indefinido no fijo de plantilla, en
plaza igual a la que se convoca o con funciones idénticas o análogas, en
su contenido profesional y en su nivel técnico, a las de las del cuerpo, escala y subescala o
categoría profesional a la que se opta, aunque tengan distinta denominación: Se asignará una
puntuación de 0,025 puntos por mes, hasta un máximo de 2,40 puntos.
Se entenderá por Administración Pública lo dispuesto en el artículo 2.3 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas
Por servicios prestados, por cuenta propia o ajena, en el Sector Público o Privado,
en puestos con funciones idénticas o análogas, en su contenido profesional y en su nivel
técnico, a las de las del cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se opta: Se
asignará una puntuación de 0,005 puntos por mes, hasta un máximo de 0,48 puntos.
Acreditación de los méritos de Experiencia
1. Los méritos de experiencia se acreditarán para los servicios prestados en
Administraciones Públicas, mediante certificación expedida por el responsable de la unidad
administrativa en la que hubiera prestados sus servicios, en la cual deberá constar la
siguiente información:
- Puesto y funciones realizadas.
- Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
2. Los servicios prestados en el sector público o privado, se acreditarán, bien mediante
certificación de la empresa, en la cual deberá constar la siguiente información:
Plaza de España, 1 ■ Teléfonos: 927 53 01 00 – 927 53 01 04 – 927 53 08 04 ■ Fax: 927 53 53 60 ■ 10300 NAVALMORAL DE LA MATA ( Cáceres)
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Viernes, 11 de abril de 2025
N.º 0071
Pág. 8468