Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2025-1774)
BOP-2025-1774 Convocatoria para la concesión de las Ayudas Extraordinarias de Apoyo Social de Contingencias, reguladas a través del Decreto 110/2021 de 22 de septiembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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•Las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma de
Extremadura y las ayudas públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y
manutención, que se obtengan por la asistencia a acciones de formación ocupacional.
•Las retribuciones económicas por acogimiento familiar de menores pertenecientes al sistema
de protección.
•Las prestaciones y ayudas económicas por nacimiento o adopción de hijos/as.
CUARTA. - PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
El plazo para poder solicitar las ayudas estará abierto, desde el día siguiente a la publicación
de la presente convocatoria en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y Boletín Oficial de la
Provincia, hasta que se agote el crédito correspondiente al año 2025 de la ayuda concedida
para este fin por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, y en todo caso, hasta el día 31
de diciembre de 2025. Las Ayudas se resolverán conforme al orden cronológico en el Registro
de entrada del Ayuntamiento.
Las personas interesadas presentarán su solicitud conforme al modelo establecido en la
presente convocatoria. Los interesados/as, deberán entregar la solicitud debidamente
cumplimentada, con toda la documentación necesaria en registro general de entrada del
Ayuntamiento. Los documentos que los interesados dirijan al Ayuntamiento de Alcántara,
podrán presentarse:
a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los
restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
QUINTA. - PRESUPUESTO.
A esta convocatoria está destinada como máximo una cuantía de 6782,82€ con cargo a la
aplicación presupuestaria correspondiente. Esa cuantía es la máxima que se podrá aprobar en
la presente convocatoria para todas las solicitudes que se presenten, dando por cerrada la
convocatoria en el momento que se agote el crédito dispuesto.
CVE:
BOP-2025-1774
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de abril de 2025
N.º 0071
Pág. 8416
Extremadura y las ayudas públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y
manutención, que se obtengan por la asistencia a acciones de formación ocupacional.
•Las retribuciones económicas por acogimiento familiar de menores pertenecientes al sistema
de protección.
•Las prestaciones y ayudas económicas por nacimiento o adopción de hijos/as.
CUARTA. - PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
El plazo para poder solicitar las ayudas estará abierto, desde el día siguiente a la publicación
de la presente convocatoria en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y Boletín Oficial de la
Provincia, hasta que se agote el crédito correspondiente al año 2025 de la ayuda concedida
para este fin por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, y en todo caso, hasta el día 31
de diciembre de 2025. Las Ayudas se resolverán conforme al orden cronológico en el Registro
de entrada del Ayuntamiento.
Las personas interesadas presentarán su solicitud conforme al modelo establecido en la
presente convocatoria. Los interesados/as, deberán entregar la solicitud debidamente
cumplimentada, con toda la documentación necesaria en registro general de entrada del
Ayuntamiento. Los documentos que los interesados dirijan al Ayuntamiento de Alcántara,
podrán presentarse:
a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los
restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
QUINTA. - PRESUPUESTO.
A esta convocatoria está destinada como máximo una cuantía de 6782,82€ con cargo a la
aplicación presupuestaria correspondiente. Esa cuantía es la máxima que se podrá aprobar en
la presente convocatoria para todas las solicitudes que se presenten, dando por cerrada la
convocatoria en el momento que se agote el crédito dispuesto.
CVE:
BOP-2025-1774
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 11 de abril de 2025
N.º 0071
Pág. 8416